Cómo será ir a trabajar en la nueva normalidad, según el BOE
Mayores medidas de ventilación, poner jabón a disposición de los trabajadores o la reordenación de los turnos formarán parte de la vuelta al trabajo
En la nueva normalidad, gran parte de los trabajadores que se han visto obligados que teletrabajar durante el estado de alarma deberán volver a sus puestos de trabajo físicos y enfrentar una nueva realidad. Ésta se va a caracterizar, sobretodo, por la distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros con los compañeros y clientes.
Aunque, los directores de los centros podrán también múltiples medidas de seguridad a su alcance. Habrá más ventilación en las salas de trabajo y una limpieza exhaustiva de desinfección adecuada a las características e intensidad del uso de los centros de trabajo.
Serán habituales el gel hidroalcohólico y el jabón en distintos puntos del centro, así como los desinfectantes con actividad virucida, «autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos».
Se adaptarán las condiciones de trabajo reordenando los puestos y organizando turnos. El uso de los lugares comunes también será pautado con tal de garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros entre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
Durante las horas punta, se tendrán que adoptar también medidas para evitar la coincidencia masiva de personas, tanto entre los trabajadores como con los clientes. Y se reincorporará de manera progresiva a los trabajadores, aunque siempre que se pueda se potenciará del uso del teletrabajo.
Como para cualquier otro ámbito de la sociedad en estas circunstancias, “las personas que presenten síntomas compatibles con la Covid-19 o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico cercano no deberán acudir a su centro de trabajo”.
Mientras que, si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente, se le colocará una mascarilla y seguirá las recomendaciones que se le indiquen, hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
Se terminan las restricciones de movilidad en España
Así lo indica el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles en el real decreto de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria a partir del próximo 21 de junio.
El decreto también establece para entonces el fin a las restricciones de movilidad en toda España, aunque con distancias ahora fijadas en un metro y medio y el uso obligatorio de mascarillas para mayores de 6 años.
En la nueva etapa, Sanidad refuerza su papel coordinador y podrá tomar decisiones en situaciones de emergencia, pero deberá consultar siempre con las autonomías, encargadas de regular las limitaciones de aforo, entre otros aspectos.
En materia sanitaria, se establece además la obligatoriedad de realizar pruebas PCR «u otra técnica de diagnóstico molecular» a todo caso sospechoso de Covid-19 y de facilitar e informar al Ministerio de Sanidad de todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica.