Estas son las facilidades que ofrece la DGT a los afectados por la DANA
El organismo permite la tramitación online de la mayoría de gestiones relacionadas con los efectos de las inundaciones en los vehículos
La DANA que arrasó 75 municipios de la provincia de Valencia el pasado 29 de octubre dejó, además de los daños personales, numerosas afectaciones materiales, especialmente en los vehículos. Un total de 100.000 coches se vieron afectados.
Ante esta situación, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha sido una de las instituciones que ha habilitado una serie de mecanismos extraordinarios para dar respuesta a los daños causados por la DANA en los municipios de la Comunidad Valenciana, pero también de Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón.
Por ello, ha emitido una instrucción en la que facilita a los afectados por las inundaciones la tramitación de algunas gestiones relacionadas con el vehículo o con el permiso de conducir.
Los trámites de la DGT para los afectados por la DANA
En concreto, los trámites no tendrán ningún coste y no será necesario usar ni el certificado digital ni el DNI electrónico. Simplemente, habrá que rellanar un formulario y una declaración responsable del afectado.
La DGT recuerda que todos estos trámites podrán solicitarse de manera online, pero para las personas que no tengan acceso telemático, podrán pedir las gestiones sin coste alguno a través del teléfono 060 y las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
Duplicado del permiso de conducir
Para las personas que hayan perdido el permiso de conducción o se haya deteriorado como consecuencia de la DANA, la DGT facilita gratuitamente un duplicado, rellenando simplemente este formulario.
El carnet también está disponible a través de la aplicación miDGT, donde también está toda la información y documentación de los vehículos propios. Esta documentación tiene validez legal.
Duplicado de la documentación del vehículo
De la misma manera, el organismo también facilita un duplicado completamente gratis si se ha deteriorado o se ha perdido el permiso de circulación o su ficha técnica, rellenando el siguiente formulario.
Baja temporal de vehículos afectados
La DGT dará de manera automática la baja temporal de todos los vehículos afectados por la DANA de los que tenga conocimiento a través de la información recibida del Consorcio de Compensación de Seguros.
Para aquellos que no estén identificados por las autoridades competentes, el interesado a darlo de baja podrá solicitar una baja temporal de manera gratuita mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños o se gestiona su reparación.
Con la baja del vehículo, los afectados no tendrán que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025. Además, el registro sirve para evitar el fraude en la compra-venta de vehículos de segunda mano, ya que cualquier ciudadano podrá conocer a través del informe de un vehículo si este ha estado afectado por la DANA.
Cuando el vehículo haya sido reparado y mantenga las condiciones técnicas exigibles para circular, para poder conducir hay que volverlo a dar de alta, a través de este otro formulario, de manera gratuita.
Baja definitiva de vehículos
En el caso de que el vehículo afectado tenga daños no recuperables, en primer lugar hay que contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros para la gestión de las correspondientes indemnizaciones.
La baja definitiva se hace a través de los Centros Autorizados de Tratamiento Medioambiental, los desguaces, que son los únicos autorizados en descontaminar y destruir los vehículos conforme a criterios ambientales. Estos son los que entregaran al titular el correspondiente certificado de destrucción.
La información se comunica de manera telemática a la DGT y, una vez consta en el Registro de Vehículos del organismo, se facilita a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.