Mazón garantiza retroctatividad en las ayudas directas y fiscales a todo afectado por la compra de coche

Los afectados por la DANA tienen hasta el 31 de diciembre para aprovechar las ayudas fiscales

Pleno del Consell

Pleno del Consell anterior a la reestructuración.

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Tanto las ayudas fiscales como los incentivos directos a la compra de automóviles serán retroactivas en todas las operaciones de compra de coches realizadas por afectados por la DANA desde el 29 de octubre. Así lo ha certificado en rueda de prensa tanto la vicepresidenta del Consell, Susana Camarero, como la portavoz y consellera de Hacienda, Ruth Merino.

La parte de las ayudas fiscales ya están aprobadas por el pleno de Consell en reunión extraordinaria celebrada esta tarde. Ruth Merino ha especificado que se aplicará bonificación fiscal en los impuestos referentes a la compra de vehículos desde el 29 de octubre hasta el 31 de diciembre. Por tanto, los afectados y los concesionarios tienen dos meses para reemplazar sus vehículos con este incentivo.

La consellera Nuria Montes tiene una próxima reunión con Faconauto para establecer de manera definitiva las ayudas directas que tendrán los afectados por la DANA para la compra. El primer paquete de ayudas anunciado por Mazón se apuntó a ayudas que rondaban los 10.000 euros por vehículo.

Fuentes del Consell certifican que entre todos los concesionarios de España hay suficiente stock como para cubrir todas las necesidades de los afectados por la DANA.

Respecto al IRPF, se establece una deducción del 100% de los gastos acometidos para hacer frente a los daños causados por el temporal en vivienda habitual, con un límite de 2.000 euros. Los límites de renta que se establecen con carácter general en las deducciones autonómicas se aumentan en esta ocasión hasta los 45.000 euros de base liquidable en tributación individual y los 60.000 euros en tributación conjunta.

También se fija una deducción del 45% sobre las cantidades invertidas en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución o de ampliación de capital de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y sociedades laborales o de aportaciones efectuadas por los socios a las sociedades cooperativas. En este caso, se pueden alcanzar los 9.900 euros por contribuyente.

Para esta ventaja fiscal sí que es necesaria que la sede social esté en los municipios afectados por la DANA aunque se ha remarcado que no será preciso para la obtención de ayudas directas ya que, en ese caso, sí que se podría aplicar el concepto de centro productivo y no el de sede social.

En relación a la vivienda, el pleno del Consell ha aprobado en su sesión ordinaria la cesion de 21 parcelas con las que se podrá construir 600 viviendas y se ha aumentado en 50 millones la ayuda al alquiler.

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