«Vuelva usted mañana». La supuesta simplificación administrativa del último Decreto del Consell
El nuevo Decreto no va a solucionar ni mucho menos los problemas endémicos de la Administración en general y de la Generalitat en particular
Una de las últimas noticias de la Generalitat antes del período estival, es la aprobación del Decreto Ley nº 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat. Pese a lo simple de su título, encierra nada menos que 123 artículos, seis disposiciones adicionales, cuatro transitorias, una derogatoria y seis disposiciones finales, que a lo largo de 187 páginas de Diari Oficial pretenden reducir la carga burocrática de la Administración.
Era Ortega y Gasset el que acuñó el término de legislación incontinente para definir precisamente situaciones como esta, en la que para simplificar la actuación administrativa, se aprueba por la vía de la extraordinaria y urgente necesidad, una norma desproporcionada en su alcance que carece del consenso necesario entre los partidos de Les Corts.
Y aunque la mayoría parlamentaria puede promover la redacción de nuevas leyes, es evidente que las circunstancias de extraordinaria urgencia que exige el art. 44 del Estatuto de Autonomía no se dan en el presente caso, mucho menos para reformar más de sesenta normas jurídicas, la gran mayoría de rango legal.
Tampoco parece que el contenido, que afecta a normas muy complejas y polémicas, como la Ley de Ordenación del Territorio y el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (PATIVEL), deba hacerse de tapadillo, en forma de Decreto Ley, sin informes de los órganos consultivos y sin el necesario análisis por todos los grupos afectados.
¿En qué medida es urgente o debe simplificarse la tramitación administrativa para que pueda construirse un hotel a 200 metros de la costa en vez de a 500 metros como exige el actual PATIVEL? ¿En qué medida este cambio agiliza la tramitación administrativa?
El nuevo Decreto no va a solucionar ni mucho menos los problemas endémicos de la Administración en general y de la Generalitat en particular. Los empresarios, los autónomos, los ciudadanos casi a día de hoy se conforman con se cumpla el principio general de seguridad jurídica, saber a qué atenerse en cada una de sus relaciones con la Administración, y por desgracia ni se cumple ni se va a cumplir con este Decreto.
La viabilidad de muchos negocios o actividades es en numerosas ocasiones una incógnita que depende del criterio del funcionario de turno, y en los que el silencio administrativo suele funcionar en contra del interés del particular. Esta norma sí contiene alguna previsión al respecto, y sí modifica el sentido del silencio administrativo (de negativo a positivo) en varios procedimientos, lo que es bienvenido, pero que no debe llevar a engaño al lector.
En la práctica, los que estamos acostumbrados a luchar contra la Administración, sabemos qué es lo que sucederá, que antes del vencimiento del plazo llegará una comunicación denegando lo que proceda sin más tiempo de reacción, y lo que podía uno esperar cándidamente que se acabará aprobando, obligará al ciudadano a pelear la denegación en un procedimiento judicial.
Los empresarios, los autónomos, los ciudadanos casi a día de hoy se conforman con se cumpla el principio general de seguridad jurídica
La Administración debe ser objeto no de una simplificación aparente de procedimientos previa complicación exponencial de sus normas, sino de una revisión a fondo de su modelo, en el que primen los criterios de profesionalidad para el acceso al empleo público, se evalúe el desempeño, y se exijan responsabilidades por la gestión.
Un modelo en el que el ciudadano no se vea bajo la bota del capricho funcionarial y no se le espete el ‘vuelva usted mañana a ver cómo va lo suyo’, o lo que es peor, por sistema se diga ahora a todo que no y se judicialice aún más la actividad de la Administración.
Uno de los grandes temas del Decreto es la sustitución de licencias administrativas por declaraciones responsables, lo que a priori suena bien pero, tiene una gran complejidad práctica.
Ha sido la Unión Europea desde la Directiva 2006/123, la que exige que se supriman los numerosos y desproporcionados controles administrativos que restringen el libre acceso de los ciudadanos a las actividades de los servicios, como es sin duda las licencias previas, por lo que ya desde la Ley ómnibus de 2009 y la Ley de Procedimiento Administrativo de 2015, se suprimen muchas licencias y se sustituyen por declaraciones responsables.
El problema que han tenido en la práctica es que este sistema funciona basado en la seriedad de la empresa o el ciudadano, que presenta una declaración responsable y en ocasiones no es responsable o incluso resulta falsa, lo que genera la acción restaurativa de la Administración a veces varios años después de iniciada una activad comercial, por ejemplo.
Por ello, limitarse a cambiar una licencia por una declaración responsable será un parche a un problema estructural, que además en los procedimientos que afecten a intereses de mayor protección, como los medioambientales, no debería dejarse la solución del problema al albur del paso del tiempo.
La simplificación administrativa exige un esfuerzo de ciudadanos y entes públicos, y no una norma aprobada sin el necesario consenso parlamentario
En definitiva, la simplificación administrativa exige un esfuerzo de ciudadanos y entes públicos, y no una norma aprobada sin el necesario consenso parlamentario, que además de su impugnación segura por la forma de la aprobación y la probable invasión de competencias del Estado, va a ser utilizada como elemento de confrontación política.
Los ciudadanos quieren de sus representantes altura de miras, debate, debate y debate para que determinadas materias como la actuación administrativa queden al margen de los cambios de gobierno y los caprichos de los gobernantes.