Buch y Bernia ganan la batalla de Stator y recuperan el control que les arrebató Aynat a través de Gedesco

El exconseller de Economía de la Generalitat y su socio se hacen de nuevo con la totalidad de la sociedad de inversión de la que Aynat y sus socios les expulsaron sin siquiera pagarles por sus participaciones

Máximo Buch y Ernesto Bernia

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La Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA) ha devuelto al exconseller de Economía de la Generalitat Valenciana, Máximo Buch, y al ex director financiero y consejero del grupo Gedesco, Ernesto Bernia, las participaciones de la sociedad de inversión Stator Management que les compraron de forma irregular los fundadores y gestores de la financiera, ahora destituidos por orden judicial, el ex consejero delegado Antonio Aynat y Javier García Escrivá, y los exconsejeros también cesados Miguel Rueda y Ole Groth.

Con esta decisión, Buch y Bernia recuperan la totalidad de la firma que gestionaban y de la que les expulsaron a través de esta operación instrumentalizada a través de Gedesco. Hasta el momento de esta operación ahora anulada, Buch presidía Stator y Bernia ocupaba la vicepresidencia de esta empresa dedicada a las inversiones en empresas como el Grupo Lantania, dedicado a las grandes infraestructuras, Faus, fabricante de suelos laminados, Gastraval, empresa enfocada en la gastronomía valenciana o NIU Houses, firma dedicada a la arquitectura industrial.

La declaración de ineficacia de estos contratos de compraventa de participaciones en el laudo, firmado por el árbitro único Javier Díez-Hochleitner el 19 de junio y al que ha tenido acceso Economía Digital, implica que dichos contratos suscritos por Gedesco no tienen validez ni efecto jurídico. Se considera que estos contratos no se han perfeccionado adecuadamente conforme a las condiciones establecidas en las respectivas opciones de compra, y por lo tanto, cualquier acto o acuerdo derivado de estos contratos se anula y no produce consecuencias legales.

En concreto, en su fallo, el árbitro declara que el contrato de compraventa otorgado por Gedesco Finance -matriz del grupo financiero ahora desintegrado y en concurso de acreedores y por cuya gestión se encuentran investigados en una causa penal sus fundadores, varios exconsejeros y diversos supuestos colaboradores- de las participaciones sociales de Stator Management, de 11 de noviembre de 2022 «no se perfeccionó y, por lo tanto, resulta ineficaz«.

El exconsejero delegado de Gedesco, Antonio Aynat
El ex consejero delegado y ex administrador único de Gedesco, Antonio Aynat. Foto: Gedesco.

Buch y Bernia habían solicitado la nulidad de los citados contratos, pretensión que no es aceptada, pero de forma subsidiaria se pedía su declaración como «ineficaces». Extremo que sí concede el árbitro de este conflicto societario.

Alegaba esta parte que las condiciones establecidas exigían que Gedesco, en aquel entonces con Aynat al frente, comunicara a Buch y Bernia su “voluntad expresa e inequívoca” de ejercer la opción de compra de las participaciones de Stator, que dejara constancia del precio de adquisición,y que la compraventa se otorgara dentro de los 15 días hábiles siguientes a la comunicación.

«Gedesco no solo no requirió a Moving (Buch y Bernia) para que compareciera en la notaría ni le notificó de forma fehaciente su voluntad inequívoca de ejercitar las opciones de compra –incumpliendo además con su obligación de comunicar el precio de adquisición de las participaciones de Stator, la fecha y la notaría en las que se formalizará la transmisión y si el ejercicio de la opción de compra se realizaba total o parcialmente– sino que Gedesco tampoco respetó las cláusulas 5.1 y 5.5 de los contratos de opción de compra», que hacían referencia al precio de la compra de las participaciones y al propio pago de estas.

Nunca pagaron por las participaciones

Es decir, Aynat, García Escrivá, Rueda y Groth no solo no notificaron a Buch y Bernia el precio por el que iban a ejercer la opción de compra sobre su 20% de Stator, sino que tampoco cumplieron con el pago. «Ni siquiera procedió a pago alguno por la adquisición de las participaciones de Stator», resalta el escrito.

«A juicio del árbitro único, Gedesco otorgó la escritura de compraventa de las participaciones de Stator en manifiesta violación de los requisitos y condiciones establecidos en los poderes irrevocables y en los contratos de opción de compra», sentencia el laudo, que concluye: «Pues bien, a juicio del árbitro único, lo que sucede en este caso es que el contrato de compraventa no se perfeccionó», por lo que declara la ineficacia de la compra de las participaciones de Buch y Bernia, que recuperan el 100% del control de la sociedad de inversión.

Por otro lado, el árbitro único no considera acreditado que la finalidad última de estos contratos de opción de compra fuera la de defraudar a Gedesco y a su socio mayoritario, la sociedad JZ Gedhold, a través de la cual el fondo norteamericano JZI es la máxima accionista de la financiera. De hecho, expone el escrito que Gedesco habría obtenido un beneficio de 38 millones de euros producto de las operaciones de Stator. Estos son algunos de los argumentos en los que se basa el árbitro para no declarar la nulidad de los contratos, aunque sí su ineficacia, lo que en consecuencia viene a significar igualmente su invalidez.

Sede cerrada y desmantelada de Gedesco en Valencia. (Foto: Economía Digital)

Cabe recordar en este punto que Rueda y Groth eran los antiguos representantes de JZI en Gedesco, contra quienes también se querelló este fondo de inversión norteamericano al considerar que actuaron en connivencia con Aynat y García Escrivá y que este punto está siendo objeto de investigación en el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, en el que se encuentran imputados por, entre otros presuntos delitos, el de estafa.

Tampoco acepta el árbitro otras bases argumentales para declarar la nulidad de las compraventas de participaciones, como la alegada nulidad de la cesión o sustitución del poder de representación de las sociedades de Aynat, García Escrivá, Rueda y Groth en favor de Gedesco o por la alegada nulidad de la compraventa de participaciones de Stator por ejercicio abusivo y extralimitado del poder de representación por parte de estos mismos.

Otra de las peticiones de Buch y Bernia en este proceso era que, en caso de que no se declarara la nulidad o ineficacia de las compras de acciones, se procediera al pago de estas que, tal y como constata el escrito, en ningún momento se llegó a producir. Esta pretensión también se desestima puesto que, efectivamente, las opciones de compra quedan sin efecto y, por tanto, nada tienen que pagar por las participaciones, dado que vuelven a ser propiedad de Buch y Bernia.

En otro punto, Aynat, García Escrivá, Rueda y Groth aluden al incumplimiento de dos cláusulas de los citados contratos, referentes al traspaso o venta de participaciones de Stator en sus compañías invertidas. Operaciones que se llevaron a cabo en el caso del Grupo Lantania, de Faus y de la mejillonera Paquito S.L. y que tanto Buch como Bernia reconocieron en sus respectivas declaraciones, citadas en este laudo. En todo caso, en el escrito se expone que estas pretensiones «son meramente declarativas» y no suponen «el pago de ninguna cantidad ni prestación».

Por todo ello, y como consecuencia de la desestimación de las peticiones iniciales de Buch y Bernia -el árbitro rechaza los diversos razonamientos para declarar la nulidad de los contratos de compraventa de las participaciones de Stator-, el pago de las costas de este procedimiento (alrededor de 469.000 euros) recae sobre ellos. No así en el caso de la parte del procedimiento que acaba por fijar el árbitro, en cuanto a la ineficacia, y por tanto anulación, de las operaciones orquestadas para expulsar a Buch y Bernia de Stator y hacerse con el poder de la sociedad.

Por tanto, Buch y Bernia recuperan el 100% de Stator, una compañía dedicada a la inversión y constituida en el año 2016 con el objetivo de «impulsar a empresas de cualquier sector en su fase de crecimiento y con financiación por importe de entre 2 y 3 millones de euros». Como consecuencia de esta decisión arbitral, se activa ahora una cláusula de un pacto previo que estipula que Stator realizará un proceso de desinversión para que el 80% del valor de las participaciones de la compañía regresen a Gedesco -ahora en concurso de acreedores-, mientras que Buch y Bernia se quedarán con el 20% restante.

Gedesco, en concurso de acreedores

La que fuera la mayor financiera no bancaria de España, Gedesco Finance, matriz del holding, se encuentra en concurso de acreedores tras 23 años de actividad, en los que ha financiado a más de 90.000 empresas y particulares por un valor de más de 9.000 millones de eurostal y como adelantó este diarioCuatro de sus filiales habían sido declaradas ya en concurso. Ahora también la matriz del grupo, en un procedimiento que engloba a todos estos procesos.

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Así lo dictó la titular del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia en un auto que llegó tras el hundimiento de esta firma creada en el año 2001 por Antonio Aynat y Javier García Escrivá, ambos investigados por la vía penal por el presunto vaciado patrimonial y traslado de los activos de la firma.

Los gestores designados por el fondo de inversión JZ International (JZI) tomaron oficialmente el control de Gedesco, la que era quinta empresa por facturación de la Comunitat Valenciana, en el mes de enero, tras la destitución del consejo de administración por orden del titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, con Aynat al frente como consejero delegado.

Leer más: El administrador concursal de tres filiales de Gedesco acusa a Aynat de hacer desaparecer 330 millones

Sin embargo, en vez de encontrarse con una compañía que en 2022 pretendía salir a bolsa con un valor de 1.000 millones de euros, los administradores designados por el juzgado tras la caída de sus fundadores se encontraron una cáscara vacía, un holding con la sede desmontada, los trabajadores en paradero desconocido y hasta una web corporativa que había dejado de existir.

El titular del Juzgado de Instrucción 18 de Valencia investiga hechos presuntamente constitutivos de los delitos continuados de administración desleal, de apropiación indebida, de revelación de secreto de empresa, de falsedad contable, de impedimento del ejercicio de los derechos societarios, de imposición de acuerdos lesivos y de falsedad en documento mercantil por los que imputa a todos los querellados.

Además, investiga delitos continuados de estafa, que en este caso circunscribe a los exrepresentantes del fondo máximo accionista en la compañía Miguel Rueda y Ole Groth.

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