Este es el subsidio que  también cotiza para tu jubilación

Este subsidio busca proteger, de cara a la jubilación , la cuantía de las pensiones de los desempleados mayores de 52 años.

Subsidio para mayores de 52 años: requisitos y obligaciones para cobrarlo y mantenerlo. Foto: Envato

Subsidio para mayores de 52 años: requisitos y obligaciones para cobrarlo y mantenerlo. Foto: Envato

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De todas las prestaciones y ayudas que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) paga y ofrece, la prestación de subsidio para mayores de 52 años es una de las más destacadas por las particularidades que ofrece. 

Lo que diferencia a este subsidio de otros ofrecidos por el SEPE radica en el público al que se dirige: los mayores de 52 años en situación de desempleo. Un perfil muy diferente y que afronta una complicada reincorporación al mercado laboral por su edad próxima a la jubilación y que puede conllevar una reducción de la cuantía de su pensión por jubilación en un futuro. Una cuantía cuyas bases de cálculo se sientan sobre la cotización de los últimos 25 años.

El objetivo principal de este tipo de subsidio es aportar mayor protección de cara a que reciban una cuantía suficiente en la pensión de jubilación. Y es que, a diferencia del resto de subsidios, el subsidio para mayores de 52 años permite a los beneficiarios mantener las cotizaciones a la seguridad social correspondientes a la jubilación.

¿Cuáles son los requisitos clave para solicitarlo ?

Aquellos desempleados que cumplieran los 52 años o los superen podrán solicitar el subsidio, siempre y cuando, cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber finalizado el paro habiendo cumplido la edad mínima de 52 años.
  • Haber estado en estado de búsqueda de empleo durante mínimo 1 mes antes de realizar la solicitud.
  • No haber incumplido la normativa de actividad impuesta por la SEPE o haber rechazado algún puesto de trabajo.
  • Tener, como mínimo, seis años cotizados por desempleo.
  • Haber finalizado una pena de prisión de más de seis meses.
  • Estar en una situación de desempleo sin derecho a paro por no haber recibido una cotización suficiente.
  • Haber regresado a España después de un periodo de, mínimo, 12 meses.
  • No tener la posición de trabajador fijo-discontinuo.
Servicio Público de Empleo Estatal
Foto: SEPE

¿Cuál es la duración de la cuantía?

Tal y como reconoce el SEPE en su página web, la duración de este subsidio es indefinida. De esta forma, aseguran que se pondrá fin al recibo de la cuantía cuando se alcance la edad necesaria para recibir la pensión contributiva de jubilación en la Seguridad Social. De esta forma, la duración puede finalizar por dos motivos: uno, que encuentre el beneficiado un nuevo empleo; y otro, que supere la edad establecida para la jubilación.

Respecto a la cuantía será el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esto involucra también a aquellos que estén desempleados por haber perdido un trabajo a tiempo parcial. En términos de asistencia económica, proporciona una ayuda de mínimo 480 euros a todos aquellos que la reciben.

La cotización por subsidio de desempleo se mantiene

Los beneficiados por este subsidio mantienen (respecto al primer modelo de reforma) los sobrecotizaciones del subsidio de mayores de 52 años, que seguirán siendo del 125% de la base mínima. En el primero de ellos, se planteaba la reducción de la cotización que sería sobre el 105% de la base mínima para personas que generasen el derecho a subsidio a partir de junio de 2024.

La SEPE emplea más de 500 millones de euros en los subsidios por desempleo, que benefician a más de 700 000 personas y cuya mayoría reside en Andalucía o Madrid.

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