Giro radical en 2024: cambian la parte del salario que no se puede embargar por deudas
El nuevo aumento del SMI modifica las cuantías inembargables que se pueden llevar a cabo por una deuda, siguiendo una escala progresiva
las inversiones pueden cambiar radicalmente de un día para otro en tiempos de crisis. Foto: Freepik
El pasado 1 de enero de 2025, entró en vigor una modificación en la cuantía inembargable de salarios y pensiones en España, ajustándose al nuevo Salario Mínimo Interprofesional establecido para este año. Una medida que tiene como objetivo proteger a los trabajadores y pensionistas con ingresos más bajos, garantizando que una parte mínima de sus percepciones esté exenta de embargo en casos de deudas.
El cambio de la cuantía que va de la mano del SMI
De cara a este 2025, como todo el mundo sabe, el SMI se ha fijado en 1.080 euros mensuales, distribuidos en 14 pagas, lo que representa un incremento respecto al año anterior. Conforme a la legislación vigente, específicamente el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las cuantías inembargables se calculan en función del SMI. Por lo tanto, cualquier salario o pensión que no supere este importe estará protegido frente a embargos.
Es por ello que existen distintos estándares a la hora de poder embargar una cantidad de una cuenta. Y todo ello gira en torno a los salarios percibidos por el trabajador en cada caso concreto, de la mano de una escala progresiva. Por ejemplo, en aquellos salarios que alcancen hasta el doble del SMI, lo que significa una cifra de 2.160 euros, se puede embargar el 30% de ese importe que exceda el SMI.
En el caso de los salarios que tripliquen el SMI, hasta 3.240 euros, se puede embargar el 50% del importe que exceda el doble del SMI. En aquellos que alcancen el cuádruple del SMI, es decir, 4.320 euros, se podrá embargar el 60% del importe. En los casos en los que el salario quintuplique el SMI, el porcentaje que se puede embargar ascenderá hasta un 75%. Y por último, siempre que sobrepase el límite anterior, se podrá embargar el 90% del importe.
Un aspecto respecto al que es importante destacar que las protecciones se aplican tanto a salarios como a pensiones y otras prestaciones económicas. No obstante, existen excepciones, como en casos de deudas por pensiones alimenticias, donde los porcentajes embargables pueden ser superiores.
Otros aspectos que pueden resultar fundamentales a la hora de medir la cuantía inembargable
Además, la ley contempla incrementos en la cuantía inembargable en función de las cargas familiares del deudor. Por cada persona dependiente sin ingresos propios, se puede aumentar en un 15% el límite inembargable, proporcionando una mayor protección a familias con menores recursos.
Esta actualización en la cuantía inembargable busca equilibrar la necesidad de satisfacer las deudas con la protección del sustento básico de los ciudadanos. Al vincular este umbral al SMI, se asegura que la protección se ajuste a las condiciones económicas actuales, reflejando el coste de la vida y las necesidades básicas de los trabajadores y pensionistas.
Para los acreedores, esta modificación implica una adaptación en los procedimientos de embargo, considerando los nuevos límites establecidos. Es fundamental que tanto deudores como acreedores estén informados sobre estos cambios para garantizar el cumplimiento adecuado de la normativa y evitar posibles conflictos legales.