Actualizado
Estos son los trabajadores con reducción de jornada que pueden cobrar el paro
Sólo por decisión empresarial o resolución judicial está permitido cobrar el paro si se trabaja con reducción de jornada.
La reducción de jornada laboral, como su nombre indica, implica disminuir el número de horas que un empleado trabaja a diario. Este ajuste puede ser compatible con el cobro del subsidio por desempleo, siempre que se cumplan las condiciones estipuladas por el Sistema Público de Empleo Estatal (SEPE).
Los trabajadores que se encuentren en situaciones de reducción de jornada deben ser conscientes de las implicaciones que esto conlleva. La decisión de aceptar una reducción en las horas de trabajo puede verse como un intento de adaptarse a la situación económica actual, pero también puede afectar su derecho a cobrar el subsidio por desempleo en el futuro.
¿Cuándo se puede cobrar el paro?
Por regla general, el SEPE aclara que el trabajo, ya sea por cuenta ajena o propia, es incompatible con la percepción de prestaciones o subsidios por desempleo. Sin embargo, existen dos excepciones específicas que permiten mantener el derecho a esta prestación en caso de reducción de jornada:
- Resolución Judicial en Procedimientos Concursales: Cuando una resolución judicial establece la reducción de jornada en el marco de un procedimiento concursal, el trabajador puede seguir recibiendo el subsidio, siempre que la reducción no sea definitiva ni abarque todo el tiempo restante del contrato laboral.
- Decisión Empresarial: Según el artículo 47 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, una empresa puede optar por reducir temporalmente la jornada laboral entre un 10 % y un 70 %. Esta medida debe estar acompañada de una reducción proporcional del salario y debe justificarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En situaciones de fuerza mayor, se requerirá la autorización de la Autoridad Laboral para llevar a cabo esta reducción.
¿Cuándo no es compatible?
Es importante destacar que, a pesar de estas excepciones, la reducción de jornada no será compatible con el cobro del subsidio por desempleo en ciertas circunstancias. En concreto, si la reducción es definitiva o se extiende hasta el final del contrato de trabajo, el trabajador perderá su derecho a percibir la prestación. En este contexto, el SEPE aclara que cualquier modificación en las condiciones laborales aceptadas por el trabajador, como una reducción de jornada acordada, implica que ya no se podrá acceder al subsidio.
Esto significa que tanto si es la empresa como si es el empleado quien decide reducir la jornada laboral, la percepción del subsidio por desempleo queda anulada. Esta consideración se basa en que la reducción se entiende como un cambio en las condiciones de trabajo establecidas en el contrato.