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Recargos en los décimos de la Lotería de Navidad: ¿qué dice la ley?
El recargo generalmente se aplica como una manera de generar ingresos extra destinados a financiar ciertos proyectos o actividades
La Lotería de Navidad, uno de los eventos más esperados por los españoles, se celebra cada 22 de diciembre, un día en el que se reparte millones de euros en premios, siendo el más codiciado el ‘Gordo’ o primer premio.
Miles de personas se agrupan con familiares y amigos para compartir la ilusión de que su décimo sea el afortunado, convirtiendo este sorteo en un momento de emoción que se enmarca en medio de las fiestas navideñas.
Sin embargo, detrás de la compra de décimos, también hay aspectos legales que afectan a los jugadores, como los recargos aplicados a los boletos.
Estos son cargos añadidos al precio de un décimo que sirven para generar ingresos extra, los cuales se utilizan para financiar proyectos o actividades de las entidades que los venden.
Recordemos que el precio oficial, fijado por Loterías y Apuestas del Estado, es de 20 euros por décimo. No obstante, algunos bares, colegios, asociaciones, entre otros establecimientos, suelen vender estos boletos a unos euros más. Pero, ¿es legal esta práctica? Lo explicamos.
Lo que dice la ley sobre los recargos en la Lotería Nacional
La normativa de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) establece que las administraciones de lotería tienen que adherirse al precio marcado por la ley, así como la venta de décimos con un sobreprecio por parte de ciertos comercios está regulada.
Así, hay ciertas excepciones que permiten los recargos. Las hermandades y entidades sociales tiene permitido cobrar un extra como donación con el fin de solventar sus gastos, mientras que los bares, comercios y particulares sólo pueden hacerlo si SELAE se los autoriza expresamente.
En caso te ofrezcan un décimo por 22 euros por ejemplo, debes preguntar si es que el local cuenta con esa autorización, ya que de lo contrario incurriría en falta.
Por otro lado, está prohibida la reventa de boletos con sobreprecio, puesto que se considera una infracción sujeta a sanciones.
Por tanto, cobrar más de lo permitido por la SELAE es considerado una práctica ilegal, similar al contrabando o defraudación, que conlleva las consecuencias legales correspondientes para los responsables.
En el caso de los participaciones, no se puede exigir un precio superior al valor del décimo, ni siquiera bajo la excusa de un donativo.
¿Cómo evito esta práctica?
Se sugiere que cada vez que desees comprar un décimo acudas directamente a las administraciones oficiales de lotería o a través de sus canales autorizados.
Si alguien te ofrece un décimo por un coste más al oficial, puedes pedir que te muestren la autorización de SELAE. De lo contrario, podrías convertirte en víctima de una estafa.
En resumen, está permitido cobrar recargos, pero siempre que se informe de manera clara y transparente a los compradores. Esto implica que la entidad vendedora debe explicar el motivo del sobreprecio y especificar en qué se utilizará el dinero adicional. Esta práctica está respaldada por la normativa de transparencia en el comercio.