La pensión que podrás cobrar con más de 45 años: estos son los requisitos

Conoce los detalles para acceder a esta pensión, generalmente vinculada a los jóvenes, pero que también incluye ciertas excepciones.

pensiones / seguridad social

Foto: Ricardo Rubio / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 26/6/2020

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Usualmente, la prestación de orfandad se asocia principalmente con los jóvenes, ya que -por lo general- los beneficiarios de esta pensión son menores de 21 años que han perdido a uno de sus padres.

Pese a ello, hay circunstancias que posibilitan extender la duración de esta ayuda más tiempo, ya que la Seguridad Social establece excepciones que permiten a personas que superen este límite de edad cobrar esta ayuda.

Un ejemplo es cuando el hijo se encuentra estudiando, lo que permite extender la pensión hasta que cumpla 25 años.

Otra excepción es si se tiene una discapacidad de al menos 33%, siempre que la orfandad sea absoluta, es decir, que ambos padres hayan perdido la vida.

La pensión de orfandad para los mayores de 45 años

Más allá de estos casos, hay una excepción poco conocida para acceder a la prestación de orfandad.

En particular, se aplica a las personas mayores mayores de 45 años que dejaron su trabajo para hacerse cargo del cuidado de sus padres mayores y que, tras el fallecimiento de estos, se encuentran en situación de desempleo.

Para acceder a esta ayuda, los mayores deberán reunir estos requisitos:

  • Haber convivido con el progenitor durante al menos dos años previos al deceso
  • No estar percibiendo otra pensión
  • Ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional
  • El fallecido debe haber estado afiliado a la Seguridad Social

La fecha de fallecimiento también es importante para solicitar la ayuda. Si fue antes del 01 de enero de 2008, será necesario acreditar un periodo de cotización, que variará según la situación laboral de la persona fallecida y la causa de su muerte.

Sin embargo, si el fallecimiento se ha producido después de esa fecha, no se exige periodo previo de cotización. Tampoco se exige esa cotización previa cuando la muerte se produce como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.

Sobre la cuantía, el beneficiario tendrá derecho al 20% de la base reguladora del progenitor fallecido, que dependerá de la situación laboral del causante en el momento del deceso.

En caso de alta o alta asimilada, se tomará como referencia su salario de cotización, mientras que no lo estaba, se tomará la cotización acumulada durante su vida laboral.

pension / mayores 45 años
Foto: Freepik

Requisitos generales para la prestación de orfandad

  • Haber dependido económicamente del progenitor fallecido
  • Ser hijos del fallecido y del cónyuge, con una unión formalizada de dos años como mínimo antes de su muerte.
  • No tener más de 21 años, a menos que el interesado esté desempleado o tenga una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • En orfandad simple, la ayuda se alarga hasta los 25 años, manteniéndose si el hijo está cursando estudios

¿Cómo pedir esta ayuda?

La solicitud puede iniciarse en cualquier momento tras el fallecimiento, aunque si se presenta fuera del primer trimestre tras el deceso, la pensión se abonará con retroactividad máxima de 3 meses a la fecha de la petición.

Es posible realizar el trámite físicamente en un centro de Atención de la Seguridad Social o en la sede electrónica de la entidad en este enlace.

Es fundamental cumplimentar el formulario de solicitud de Prestaciones de Supervivencia y aportar la documentación necesaria que demuestre el fallecimiento, junto con la situación laboral y económica del fallecido y de los beneficiarios.

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