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La sorprendente razón por la que los notarios insisten en hacer testamento
El Consejo General del Notariado recuerda que el testamento es un documento "trascendente", sencillo y económico
El testamento es el documento que recoge la voluntad de una persona de cómo se tienen que repartir sus bienes cuando fallezca. Se trata de una forma de evitar conflictos a la hora de repartir una herencia y de hacer el proceso más ágil y menos costoso.
Según el Consejo General del Notariado, el testamento es un documento «trascendente», aunque es sencillo y económico. Por ello, animan a los ciudadanos a que se asesoren para elaborarlo, pues, sin testamento, «suele devenir en un proceso más largo y más costoso que si se hace».
Para hacerlo, solo se necesita el DNI y explicar al notario cómo el testador desea repartir el patrimonio. Independientemente de cuánto valgan sus bienes, hacer un testamento suele costar entre 38 y 50 euros, y solo en algunos casos excepcionales la cantidad es superior.
También es importante saber que el testamento es revocable, por lo que se puede cambiar tantas veces como se quiera, es decir, que las modificaciones que se realicen a posterioridad dejan sin efectos lo anterior.
Asimismo, para hacer este documento no es necesario realizar un inventario de bienes. Solo hay que especificar a quiénes se dejan y cómo se desea repartirlos. Después del fallecimiento del testador serán los herederos los que tendrán que hacer un inventario tanto de los bienes como de las deudas, así como proceder a su reparto.
El testamento más común
En 2023 se redactaron 742.123 testamentos, un 16% más que en 2022. El Consejo General del Notariado apunta que el más habitual para las personas casadas y con hijos es aquel en el que la pareja se deja el uno al otro el usufructo y nombran herederos a los hijos.
Popularmente, este tipo se conoce como «del uno para el otro y después para los hijos«. Es decir, el cónyuge viudo, por ejemplo, tiene derecho a residir en la vivienda familiar mientras viva sin que los hijos puedan oponerse, pero nunca podrá vender nada del fallecido sin el consentimiento de estos.
Errores frecuentes al hacer un testamento
Cuando se redacta un testamento, hay algunos errores que es preferible evitar:
- Desconocer como se reparte la herencia: es uno de los errores más habituales. Hay que tener en cuenta que existe la figura de los herederos forzosos, aquellos a los que, como marca la legislación vigente, les corresponde una parte de la herencia, la legítima. Estos herederos son los descendientes del fallecido, los ascendientes y el cónyuge, por este orden.
- No contratar a un profesional: los expertos recomiendan estar informado y contar con la asesoría imparcial de un notario a la hora de hacer el documento.
- No revisar la información del documento: una vez redactado, es imprescindible cerciorarse que todos los datos son correctos y que el texto se ajusta a los deseos del testador.
Las consecuencias de no hacer testamento
Cuando la persona fallecida no ha hecho testamento, el proceso para heredar es más largo y complejo. La herencia no se pierde, porque la propia legislación civil determina los herederos a quiénes corresponde siguiendo un orden de parentesco, tanto si el difunto estaba casado y con hijos como si no tuviera descendencia.
En estas situaciones, las personas que se consideran herederos –descendientes, ascendientes o cónyuge– deben acudir al notario para hacer una declaración de herederos abintestato, el procedimiento para transferir los bienes del fallecido a los herederos que se determinen por ley,
Tendrán que presentar diversos documentos, como el certificado de defunción en el Registro Civil donde falleció la persona, el registro de últimas voluntades, el seguro de vida o el NIF del difunto, entre otros. También se solicitan dos testigos que no sean familiares con posibilidad de heredar.
La notaría evaluará la situación y emitirá un acta declarando a los familiares que son finalmente los herederos y, con esto, una escritura pública de aceptación y partición de la herencia ante el notario.