La DGT podría multarte por este motivo

La Dirección General de Tráfico recuerda la necesidad de saber qué luces elegir en cada momento de la conducción

Las luches de un coche.

La Ley de Seguridad Vial recoge cómo se deben utilizar las luces de los vehículos en las carreteras. Foto: Freepik

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El uso de las luces es uno de los capítulos más relevantes que se estudia en las autoescuelas a la hora de sacarse el carnet de conducir. Por la seguridad del propio conductor como del resto de usuarios de la carretera es importante conocer la normativa, así como para evitar llevarse una sanción.

De la misma forma que durante la conducción hay que adaptar la velocidad o la distancia de seguridad a las circunstancias, la Dirección General de Tráfico (DGT) también recuerda la necesidad de saber qué luces elegir en cada momento.

El artículo 43 de la Ley de Seguridad Vial recoge cómo se deben utilizar las luces de los vehículos en las carreteras españolas: «los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol deben llevar encendido el alumbrado que corresponda».

La norma también obliga a encenderlas cuando se circula dentro de túneles, en pasos inferiores o en tramos de vía con la señal de túnel; cuando las condiciones meteorológicas o ambientales (niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de polvo o humo…) disminuyan sensiblemente la visibilidad en la vía; y al circular por carriles reversibles, en sentido contrario al habitual, y adicionales.

Asimismo, la normativa marca las situaciones en las que no se deben llevar encendidas, pues llevar puesto el alumbrado de largo alcance o las antiniebla cuando existen buenas condiciones meteorológicas puede ser tan peligroso como no llevar luces cuando no hay sol.

Así, circular con estas luces de alta intensidad cuando no es necesario conlleva ser sancionado con una multa leve, de un máximo de 200 euros.

Tipos de luces

Un coche puede tener hasta cinco tipos distintos de alumbrado que cumplen diferentes funciones, y no todas son obligatorias:

  • Cruce: blanca, ancha y corta. Alumbra delante del vehículo, sin deslumbrar. Es obligatorio llevarlas encendidas por la noche o cuando hay malas condiciones de luz.
  • Carretera: blanca, alargada y estrecha. Ilumina delante del vehículo a larga distancia. Es obligatorio llevarlas de noche en carreteras insuficientemente iluminadas.
  • Posición: blanca (delante) u roja (detrás). Señaliza la presencia y la anchura del vehículo. Son obligatorias y acompañan siempre las otras luces.
Un coche con sus luces en una carretera.
La DGT recomienda hacer uso de las luces diurnas. Foto: Freepik
  • Antiniebla trasera: una o dos, rojo más intenso que el de posición. Es obligatoria encenderlas en condiciones meteorológicas extremas, como niebla densa, lluvia o nevadas intensas.
  • Antiniebla delantera: blanca, baja y ancha, ilumina hacia los lados del vehículo. Es opcional, para encenderlas cuando hay niebla, lluvia fuerte, nevadas o nubes de polvo, o en vías estrechas con curvas señalizadas.
  • Marcha atrás: blanca, una o dos. Ilumina la parte trasera del vehículo al iniciar la marcha atrás. Es obligatoria y se enciende automáticamente cuando se inserta la marcha atrás.

Luces de día

Por otro lado, la DGT recomienda hacer uso de las luces diurnas, que son obligatorias en la Unión Europea desde 2011 en todos los coches nuevos. Su función es hacer más visible a un vehículo para el resto de los usuarios de la calzada, por lo que no sustituyen a las de posición, corto o largo alcance cuando estas son necesarias.

Esta tipología de luces se activan automáticamente cuando el vehículo arranca. Según estudios europeos, si todos los vehículos circularan con luz durante el día, se reducirían un 10% los fallecidos por siniestros de tráfico.

Por ello,  la DGT recomienda –pero no obliga– a mantener encendidas las luces de cruce durante el día a los vehículos que carecen de este sistema de iluminación para hacerse más visibles en la vía.

En el caso de las motos, estas sí que deberán llevar siempre encendido su alumbrado de cruce, a cualquier hora del día.

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Aroa Tort López

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