Las personas que cobran una pensión por incapacidad permanente ¿pueden acceder a la jubilación?
Aquellos que cobren una pensión por incapacidad permanente pueden acceder a la jubilación si cumplen los requisitos exigidos.
las personas con incapacidad permanente pueden solicitar la jubilación, pero deben cumplir ciertos requisitos. Si tienen una incapacidad permanente total, pueden jubilarse anticipadamente a los 52 años si no pueden trabajar en su profesión habitual y no encuentran otro trabajo adecuado. La cuantía de la pensión puede ajustarse según las cotizaciones previas y la base reguladora.
Incapacidad Permanente vs. Jubilación
La incapacidad permanente es una prestación que reconoce el derecho a una pensión cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma permanente. Existen varios grados de incapacidad permanente:
- Incapacidad permanente parcial: Es una limitación que reduce el rendimiento laboral, pero no impide continuar trabajando en la profesión habitual.
- Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, pero permite realizar otro tipo de trabajo.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para realizar cualquier tipo de trabajo.
- Gran invalidez: Se refiere a quienes, además de estar incapacitados de forma absoluta, necesitan ayuda de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida diaria.
El reconocimiento de cualquiera de estas incapacidades permite al trabajador recibir una pensión, la cual puede ser compatible o incompatible con la actividad laboral dependiendo del grado de incapacidad.
Acceso a la Jubilación
Cuando una persona que ya tiene reconocida una incapacidad permanente llega a la edad legal de jubilación, se plantea la cuestión de si es posible acceder a una pensión de jubilación. Según las normativas de la Seguridad Social, la pensión de incapacidad permanente se transforma automáticamente en una pensión de jubilación cuando el beneficiario alcanza la edad legal de jubilación, que actualmente es de 66 años y 4 meses en 2024, o 65 años si se cumplen los requisitos de cotización establecidos. No es necesario realizar ninguna solicitud adicional; la conversión es automática y la cuantía de la pensión no se ve afectada.
Es importante aclarar que esta conversión no implica una disminución de los derechos, ya que la pensión de jubilación resultante será igual a la que el beneficiario recibía por incapacidad permanente. En resumen, aquellos que ya tienen una pensión por incapacidad permanente no tienen que preocuparse por solicitar la jubilación de manera independiente, pues el cambio se produce de manera automática.
Requisitos para Solicitar la Jubilación Si No Hay Incapacidad
Por otro lado, si una persona que ha recibido una incapacidad permanente parcial y ha continuado trabajando desea solicitar la jubilación, deberá cumplir con los mismos requisitos que cualquier otro trabajador. Para acceder a la pensión contributiva de jubilación en España, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Edad legal de jubilación: Como se mencionó anteriormente, esta varía entre los 65 y 66 años y depende de los años cotizados.
- Cotización mínima: Es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud de jubilación.
- Base reguladora: La cuantía de la pensión se calcula en función de la base reguladora, que depende de las cotizaciones realizadas a lo largo de la vida laboral.
Incompatibilidades
En cuanto a la compatibilidad entre la pensión de incapacidad permanente y otras prestaciones, es importante tener en cuenta que, según el grado de incapacidad, se podrá seguir realizando algún tipo de actividad laboral y cotizar a la Seguridad Social. En el caso de la incapacidad permanente total, por ejemplo, es posible trabajar en una actividad distinta a la que generó la incapacidad. Sin embargo, cuando el grado de incapacidad es absoluta o de gran invalidez, la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo remunerado.
Para obtener más información y asegurar que se cumplen todos los requisitos, es recomendable acudir a los organismos oficiales, como el SEPE o la Seguridad Social.