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El SEPE aclara que existe la posibilidad de cobrar el subsidio para mayores de 52 aƱos, si se ha enviudado recientemente. En el SEPE existen ayudas y prestaciones compatibles entre sĆ­, como sucede en este caso. Aunque existe la posibilidad de recibir ambas ayudas, el primer requisito clave esĀ  el envĆ­o de la cuantĆ­a del subsidio recibido, de este modo la organizaciĆ³n podrĆ” valorar si se permite compatibilizarlo con otro, o no.Ā Ā Ā 

De esta forma, supone un requisito obligatorio que el subsidio recibido no supere el 75% del salario mĆ­nimo interprofesional (SMI), es decir, para poder combinar ambas ayudas es necesario que no supere los 850,50 euros. El SEPE aclara que ,en caso de recibir otros ingresos independientes a la cuantĆ­a del subsidio, Ć©sta se aƱadirĆ” al valor total.Ā 

AdemĆ”s, matiza una excepciĆ³n: si la pensiĆ³n por viudedad excede el 75% por recibir el complemento de mĆ­nimo, sĆ­ que se pueden cobrar ambas. Es decir, si no cobrĆ”ndose ese complemento, el valor de la pensiĆ³n es menor al 75 % establecido, no existe problema alguno en beneficiarse de ambas ayudas.Ā 

Las pensiones por viudedad se pueden cobrar a la par que otras ayudas. Foto Freepik

Medidas son necesarias para cobrar ambas prestaciones:

Existen otras medidas que deben cumplir aquellos que quieran beneficiarse de ambas prestaciones, no sĆ³lo el requisito. Existen otros a tener en cuenta

  • No superar el importe de pensiĆ³n mĆ”xima, fijada en 3.175,04 este aƱo 2024.
  • Cuando se perciba el SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) la suma con la viudedad no puede exceder el doble del importe de la pensiĆ³n mĆ­nima para mayores de 65 aƱos.Ā 

La compatibilidad de la pensiĆ³n de viudedad con otras ayudas

Por norma general, un gran nĆŗmero de ayudas de la Seguridad Social son incompatibles entre sĆ­, sin embargo existen excepciones. En el caso de la pensiĆ³n de viudedad, la Seguridad Social aclara que ‘al ser compatible con la renta por trabajo, tambiĆ©n lo es con’:Ā 

  • El cobro de la prestaciĆ³n de desempleoĀ Ā 
  • Las prestaciones de nacimiento o cuidado del menor
  • Incapacidad temporal derivada de una enfermedad o accidente no laboral
  • Con la pensiĆ³n de jubilaciĆ³n

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