Los funcionarios plantan cara al Gobierno y exigen la jubilaciĆ³n parcial anticipada

Los funcionarios quieren que la secretaria de Estado de FunciĆ³n PĆŗblica garantice su derecho a acceder a la modalidad de jubilaciĆ³n

PensiĆ³n. jubilaciĆ³n.

Recibe nuestra newsletter diaria

O sĆ­guenos en nuestro  canal de Whatsapp

LaĀ Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha reclamado a la secretaria de Estado de FunciĆ³n PĆŗblica que se garantice el derecho a acceder a la jubilaciĆ³n anticipada por parte de los funcionarios. Concretamente, han solicitado que les desgrane los criterios de aplicaciĆ³n de la nueva regulaciĆ³n antes del 1 de abril y que convoque una mesa de negociaciĆ³n para su puesta en marcha.

Ā«Hay administraciones avisando que no van a aplicar estas jubilaciones ante laĀ falta de criteriosĀ», ha seƱalado en relaciĆ³n con la nueva regulaciĆ³n recogida en el Real Decreto Ley 11/2024 que pone el foco sobre la jubilaciĆ³n parcial para los funcionarios y trata de mejorar la compatibilidad de la prestaciĆ³n con el trabajo.

La nueva regulaciĆ³n, que entrarĆ” en vigor a comienzos del prĆ³ximo mes, afectarĆ” a las personas que se jubilan de forma parcial tras cumplir la edad ordinaria de jubilaciĆ³n, pero tambiĆ©n a quienes se jubilan de forma parcial de manera anticipada. No se debe perder de vista que para acceder a la jubilaciĆ³n es necesario haber cumplido 66 aƱos y 8 meses, asĆ­ como haber cotizado durante un periodo mĆ­nimo de 38 aƱos y 3 meses.

Reclama Ā«instrucciones clarasĀ»

En este contexto, el sindicato ha reclamado Ā«instrucciones clarasĀ» para el personal laboral, a quien mayoritariamente ya se reconocĆ­a el derecho de acceso a la jubilaciĆ³n parcial y parcial anticipada, pero tambiĆ©n a los funcionarios y estatutarios de todas las administraciones pĆŗblicas.

Ā«Con la nueva legislaciĆ³n han surgido dudas sobre la forma de compatibilizar la contrataciĆ³n fija y a tiempo completo del relevista con los requisitos exigidos para el acceso al empleo pĆŗblicoĀ», destaca.

TambiĆ©n han pedido la regulaciĆ³n inmediata de la jubilaciĆ³n parcial para el personal funcionario y estatutario, asĆ­ como la convocatoria de la mesa general de negociaciĆ³n de las administraciones pĆŗblicas para su desarrollo.

Cabe destacar que, desde la publicaciĆ³n del Real Decreto-Ley, varias administraciones autonĆ³micas y locales han manifestado que paralizarĆ”n las solicitudes sobre jubilaciones parciales con contrato de relevo.

Para ello, prevĆ©n ampararse en una interpretaciĆ³n restrictiva de la norma a la hora de compatibilizar esta modalidad de contrato con la regulaciĆ³n y las garantĆ­as de acceso al empleo pĆŗblico.

Tipos de jubilaciĆ³n

La pensiĆ³n de jubilaciĆ³n es una prestaciĆ³n concedida por la Seguridad Social con carĆ”cter vitalicio que el empleado puede comenzar a cobrar a causa de la edad, el cese en el trabajo o la reducciĆ³n su jornada laboral y su salario.

Una pareja de jubilados solicita la pensiĆ³n. Foto: Freepik.
Para solicitar la jubilaciĆ³n se deberĆ” tener mĆ”s de 66 aƱos y 8 meses. Foto: Freepik.

Una de las modalidades de jubilaciĆ³n es la ordinaria. Para acceder a ella, es necesario haber cumplido la edad fijada y haber cotizado durante un mĆ­nimo de 15 aƱos, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos dentro de ese periodo.

TambiƩn existe la posibilidad de jubilarse de forma anticipada, antes de cumplir la edad legal, en los siguientes casos:

  • Por razĆ³n del grupo o actividad profesional
  • Trabajadores con discapacidad
  • Por tener la condiciĆ³n de mutualista
  • Sin tener la condiciĆ³n de mutualista
  • Derivada del cese no voluntario en el trabajo
  • Por voluntad del trabajadorĀ 
  • Por expediente de regulaciĆ³n de empleo.

Mientras que en la jubilaciĆ³n parcial el empleado puede decidir cobrar parte de su pensiĆ³n a la vez que percibe un sueldo por su actividad a tiempo parcial en una empresa tras cumplir los 60 aƱos, la jubilaciĆ³n flexible contempla la compatibilizaciĆ³n de la prestaciĆ³n con un contrato a tiempo parcial y una minoraciĆ³n de la pensiĆ³n.

Recibe nuestra newsletter diaria

O sĆ­guenos en nuestro  canal de Whatsapp

Deja una respuesta