Los funcionarios aprietan al Gobierno tras el respaldo de la Justicia: «Exigimos que se apruebe de una vez»
Los funcionarios celebran la sentencia judicial que reconoce por primera vez el derecho al permiso parental retribuido de ocho semanas
Foto: Matias Chiofalo / Europa Press
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha celebrado la reciente decisión judicial que reconoce por primera vez el derecho al permiso parental retribuido de ocho semanas en España.
En una publicación en su cuenta oficial de X, la representación de funcionarios ha aprovechado este precedente para pedir al Ejecutivo la aprobación general de esta medida.
«Exigimos al Gobierno que apruebe de una vez el permiso de 8 semanas retribuido, como reclama Bruselas y ahora también la justicia«, han escrito.
El proceso judicial fue impulsado por los servicios jurÃdicos del sindicato CSIF, resultando favorable, según lo establecido por un juzgado de Cuenca.
Logro para los funcionarios: se publica la primera sentencia firme que reconoce este permiso parental
El pasado viernes, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca reconoció a una trabajadora pública su derecho al permiso parental retribuido de ocho semanas, establecido en una directiva europea que aún no ha sido adoptada por España. Este fallo marca la primera sentencia firme en el paÃs que reconoce este derecho.
La trabajadora afectada es una empleada pública del Hospital Virgen de la Luz (Cuenca), quien habÃa solicitado un permiso de cuatro semanas para cuidar a su hija menor de ocho años, con fecha de inicio el 15 de octubre de 2024.
Sin embargo, la Gerencia de Atención Integrada (GAI) de Cuenca rechazó su solicitud, a pesar de que la Directiva Europea (UE) 2019/1158 establece el derecho de hasta ocho semanas.
El GAI justificó su negativa en la «falta de desarrollo reglamentario» de la norma en la legislación española.
No obstante, el fallo judicial sostiene que las disposiciones europeas «son incondicionales, suficientemente claras y precisas» y que el permiso «debe ser retribuido». Además, el tribunal cuestiona al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, indicando que el retraso en el desarrollo reglamentario no es «determinante«, ya que depende de la Administración.
«La solicitante no debe sufrir las consecuencias del retraso en el desarrollo reglamentario de la Directiva», recoge la sentencia, resaltando que «es innegable que el Estado Español no ha transpuesto la directiva dentro del plazo establecido».
En junio de 2023, el Gobierno aprobó un decreto sobre este tema que excluye expresamente el desarrollo de esta prestación con carácter retribuido.
En respuesta, el colectivo de funcionarios solicitó al Ejecutivo que emitiera las instrucciones necesarias para asegurar la obligatoriedad de esta retribución tanto en las administraciones públicas como en el sector privado.
Asimismo, tras la denuncia del CSIF, la Comisión Europea abrió un expediente a España por incumplir con la directiva mencionada.
Por ello, CSIF no sólo ha celebrado esta «sentencia pionera«, sino que ha anunciado que impulsará reclamaciones similares en otros sectores de la administración pública.
¿Qué es el permiso parental retribuido?
Es un permiso que concede a los trabajadores la posibilidad de dedicar ocho semanas al cuidado de sus hijos, recibiendo una compensación económica durante ese tiempo.
Forma parte de las polÃticas de conciliación entre la vida laboral y familiar, buscando que la falta de ingresos no sea un impedimento para la crianza. En España, se otorgaban -hasta ahora- más permisos parentales no remunerados. Sin embargo, tras esta sentencia, se establece un derecho laboral fundamental.
Este permiso está disponible tanto para padres como para madres, y cubre los casos de filiación por nacimiento, adopción o acogimiento.
De este modo, pueden acceder a él tanto hombres como mujeres, sin importar el tipo de contrato laboral (indefinido, temporal o a tiempo parcial). Además, el permiso puede ser compartido entre ambos progenitores, distribuyéndose las ocho semanas de acuerdo con sus necesidades familiares.
Se recomienda hacer la solicitud con al menos 15 dÃas de antelación. No obstante, los plazos están sujetos a las condiciones de la empresa o el convenio colectivo del trabajador.