Una empleada denuncia a El Corte Inglés por cambiarla de sección: la justicia le da la razón
Una empleada denuncia a El Corte Inglés por cambiarla de puesto de trabajo dentro de la misma empresa
Cambiar de puestos de trabajo dentro de una misma empresa es algo habitual. Es por eso por lo que el trabajador tendrá que ajustarse a las necesidades de la empresa en el momento preciso. Eso sí, el cambio de puesto de trabajo dentro de la misma empresa no deberá poner en peligro ni la salud de sus empleados ni el resultado de su trabajo. Pero parece que no todos los empleados están conformes con esta situación, como es el caso de una empleada de El Corte Inglés.
Un reciente auto emitido por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el que desestima un recurso de casación para la unificación de doctrina presentado por la demandante, luego de recibir dos fallos en su contra: el primero en primera instancia y el segundo por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), en una resolución del 13 de octubre de 2023, debido a la «falta de contradicción» entre las sentencias aportadas.
El Corte Inglés reubicó a una empleada
El caso se originó con una demanda presentada por Margarita, una trabajadora que denunció a El Corte Inglés, S.A., alegando una vulneración de sus derechos fundamentales debido a cambios en sus condiciones laborales. Inicialmente, formaba parte del departamento de productos del hogar, pero, a raíz de la pandemia de COVID-19, la empresa llevó a cabo varias reubicaciones internas. Estas modificaciones generaron malestar en la demandante, quien sostuvo que impactaron negativamente tanto en su desempeño como en su salud.
En el primer juicio, la empresa argumentó que las reasignaciones laborales respondían a necesidades organizativas y se enmarcaban dentro del principio del ius variandi, una práctica permitida dentro de los límites legales para modificar ciertas funciones laborales. Además, una investigación realizada por la Inspección de Trabajo (ITSS) descartó la existencia de mala fe empresarial o incumplimientos en la protección de la salud psicosocial de la demandante. En este contexto, el Juzgado de lo Social N.º 4 de Barcelona desestimó en 2022 la demanda inicial de tutela de derechos fundamentales, criterio que posteriormente fue confirmado por el TSJC.
La empleada presentó un recurso
Margarita optó por presentar un recurso de casación para la unificación de doctrina, señalando como referencia una resolución de 2017 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla). En dicho fallo, se había dado la razón a un trabajador que denunció una modificación sustancial de sus condiciones laborales, argumentando que esta había supuesto una degradación profesional con un impacto significativo en su dignidad y derechos.
No obstante, el Tribunal Supremo concluyó que los hechos y circunstancias de ambos casos no presentaban suficiente similitud. En el caso de Margarita, no se acreditó que las reasignaciones laborales en El Corte Inglés constituyeran una vulneración de derechos ni un perjuicio intencionado hacia la demandante. La empresa, por su parte, sostuvo que las decisiones respondían a necesidades organizativas derivadas de la pandemia y al convenio sobre Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), un contexto ausente en la sentencia andaluza.
En su auto, el Tribunal Supremo enfatiza que, para que un recurso de casación por unificación de doctrina prospere, debe existir una contradicción clara entre las sentencias comparadas. “La contradicción no se basa en una comparación abstracta de doctrinas sin considerar la identidad de los conflictos, sino en una oposición entre resoluciones concretas dictadas en casos sustancialmente iguales”, señala. Además, la evaluación de una posible equivalencia entre sentencias no solo depende de la naturaleza jurídica de los conflictos, sino también de la especificidad de los hechos que los conforman.