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Un trabajador de El Corte Inglés consigue la incapacidad permanente después de ser despedido por no desempeñar sus funciones de forma correcta
El exempleado de El Corte Inglés reclamó una pensión por incapacidad a la Seguridad Social sin imaginar que lo rechazarían en primera instancia
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJ) le ha concedido la incapacidad permanente a un exempleado de El Corte Inglés tras haber sido echado por causas «vinculadas a la ineptitud para el desempeño de su profesión».
Con esta sentencia, que reafirma lo dictaminado anteriormente por el Juzgado de lo Social N° 2 de Avilés, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se ve obligado a pagarle al afectado la pensión por esta causa.
La razón por la que despidieron al hombre se contempla en un informe médico realizado por el Servicio Sanitario y de Prevención de la compañía, en el que asegura que el trabajador no estaba en condiciones para desempeñar varias de sus tareas laborales tras su reincorporación, después de una prolongada baja por motivos de salud.
Este examen se llevó a cabo en febrero de 2023 con el consentimiento del extrabajador , con el que se pretendía evaluar su estado de salud tras una larga ausencia. Los resultados arrojaron que el hombre no era apto para funciones clave de su puesto, como la implantación de mercancías, la atención al cliente y la gestión de productos.
El informe concluyó que la incompatibilidad entre el diagnóstico médico y las tareas del puesto indicaban que las aptitudes del trabajador no solo eran insuficientes, sino que su estado no era circunstancial, sino permanente.
Demanda a la Seguridad Social
Después de ser echado, el extrabajador llevó el caso a la Seguridad Social, alegando que su estado de salud le impedía realizar su profesión habitual como vendedor y dependiente.
El hombre padece una osteoporosis severa y un déficit grave de vitamina D. Pero, el INSS descartó su solicitud señalando que las dolencias del afectado no alcanzaban un grado de disminución de su capacidad laboral suficiente para justificar la incapacidad. Al ver la negativa, el extrabajador acudió a los tribunales.
TSJ de Asturias
Tras la evaluación del caso por por parte del TSJ de Asturias, se ha ordenado que el hombre tiene derecho a una incapacidad permanente total para su trabajo habitual como dependiente y vendedor, derivada de una enfermedad común.
La sentencia ha resaltado que las enfermedades que padece le reducen significativamente su capacidad para ejercer labores de su puesto, ya que estas funciones suponen un esfuerzo físico que él no puede desempeñar por recomendaciones médicas.
La sanidad le ha recomendado evitar cargar pesos y sobrecargas en su columna vertebral, así como mantener posturas por mucho tiempo.
Ahora, el trabajador es beneficiario de una pensión equivalente al 75% de su base reguladora mensual, que era de 1.634 euros, con efectos retroactivos desde el 10 de febrero de 2023, fecha en que la Seguridad Social rechazó su solicitud.
Recordemos que la pensión por incapacidad permanente total está dirigida a cubrir la pérdida de ingresos que afronta un trabajador cuando, por un accidente o enfermedad, ve reducida o anulada su capacidad para ejercer su profesión. No obstante, el trabajador del caso puede realizar otras profesiones que no piden las mismas exigencias.
Asimismo, el tribunal ha indicado que en la cantidad de pensión se debe tomar en cuenta el paro que el trabajador hubiera percibido durante el periodo que coincide con la fecha en la que se reconocen los efectos económicos de la prestación por incapacidad.