Gana a Correos en el juzgado y logra cambiar de turno para cuidar de su hija
Una sentencia firme obliga a la empresa pública a facilitar la conciliación familiar y laboral tras denegar sistemáticamente el cambio de horario
Un cliente acude a una Oficina de Correos. Foto: Eduardo Parra / Europa Press 28 ABRIL 2020;MADRID;CORREOS;CONFINAMIENTO;EPIDEMIA;COVID19 28/4/2020
Un empleado del servicio de reparto motorizado de Correos en Cáceres ha logrado una victoria judicial considerada «histórica» por el sindicato CSIF, al conseguir que la Justicia reconozca su derecho a modificar su turno de trabajo para poder atender a su hija con necesidades especiales. La sentencia, que ya es firme, obliga a la empresa pública a asignarle un horario de mañana de lunes a viernes.
Un cambio imprescindible para cuidar a su hija
La historia comenzó cuando el trabajador solicitó, en varias ocasiones, el cambio de turno de tarde a mañana, justificando su petición en la situación familiar. Su hija requiere cuidados continuos y tiene que acudir a sesiones de rehabilitación en un horario muy específico. Su esposa, por motivos personales y de salud, no puede asumir sola esa responsabilidad. Además, la familia también se ocupa del cuidado de una persona mayor dependiente, la suegra del trabajador.
Correos rechazó de forma reiterada esta solicitud, sin tener en cuenta el contexto familiar y a pesar de que, según el sindicato, había vacantes disponibles en el turno solicitado. La empresa alegó que no existían plazas en ese horario y que el trabajador no se encontraba en una situación de necesidad urgente.
El sindicato llevó el caso a los tribunales
Ante la negativa de Correos, CSIF activó sus servicios jurídicos y presentó una demanda judicial. En el juicio, se expuso que sí existían vacantes en el horario de mañana, por lo que no había ningún impedimento objetivo para que se hiciera efectivo el cambio.
Un representante sindical, elegido en las elecciones de 2024, declaró como testigo en el proceso y denunció el retroceso en las políticas de conciliación por parte de Correos. Afirmó que antes existían mecanismos eficaces para facilitar estos ajustes de jornada, pero que, en los últimos tiempos, la empresa pública los rechazaba sistemáticamente.
El juez no solo dio la razón al trabajador, sino que reconoció la urgencia de la situación, señalando que son dos personas —su hija y su suegra— las que dependen del cuidado directo del empleado y su esposa. El fallo recoge de forma clara que Correos debe permitirle trabajar en turno de mañana a jornada completa, de lunes a viernes, y que no puede seguir ignorando su situación personal.
«Debe el demandado estar y pasar por este pronunciamiento y hacerlo efectivo», concluye el fallo judicial, dejando claro que la empresa pública debe respetar los derechos del trabajador y su necesidad de conciliación.
CSIF celebra la victoria y lanza una crítica contundente a Correos
Desde CSIF han mostrado su satisfacción por el resultado de este proceso. Agradecen al trabajador la confianza depositada en su equipo jurídico y lamentan la “nula sensibilidad” mostrada por Correos durante todo el procedimiento.
“Estamos ante una entidad pública que debería dar ejemplo en materia de conciliación y respeto a los derechos de los trabajadores, pero la realidad demuestra lo contrario”, apuntan desde el sindicato.
La organización sindical ha calificado esta sentencia como un hito importante en la defensa de la conciliación familiar, especialmente en entornos laborales donde los cambios de turno no deberían suponer un problema estructural.
Más allá de un caso individual
Este caso no solo supone una mejora vital para el trabajador afectado y su familia, sino que también abre la puerta a otros empleados en situaciones similares para reclamar sus derechos. La sentencia podría sentar jurisprudencia y facilitar que otras personas puedan solicitar modificaciones de jornada por motivos de conciliación sin enfrentarse a trabas injustificadas por parte de la administración.
CSIF ya ha anunciado que seguirá defendiendo los derechos laborales en el ámbito público, especialmente en lo relativo a la conciliación, y recuerda que el bienestar del personal también repercute directamente en la calidad del servicio que se presta a la ciudadanía.