BBVA obligada a devolver 3.500 euros a una cliente estafada en Vizcaya

Un juzgado de Getxo ha determinado que el BBVA no dispuso de "los sistemas o medios oportunos para impedirlo" o "advertirlo"

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El Banco BBVA deberá devolverle 3.500 euros a una cliente de Vizcaya tras ser estafada mediante ‘phishing’ cuando intentaba comprar por internet, determina el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N°3 de Gexto.

La sentencia, elaborada por el juez Alejandro Alonso Sebastián, indica que el banco tiene una «responsabilidad aquiliana por cuanto no han adoptado todos los mecanismos de seguridad y prevención del riesgo» y que no tenía «los sistemas o medios oportunos para impedirlo, o en su caso para advertir y bloquear la transferencia fraudulenta», informa Facua.

La estafa sucedió en 2021, cuando la cliente Goizargi L.A. estaba comprando por internet y, en un momento de la operación, entró a la plataforma de pago seguro de BBVA para confirmarla.

No obstante, cuando el proceso estaba en curso, su ordenador detectó y descargó un ‘software de seguridad’ que aparentemente pertenecía al banco y que le mostró una clave que ella debía ingresar junto con la suya.

Goizargi pensaba que aún estaba en la pasarela de pago segura de BBVA, por lo que accedió a introducir la clave sin darse cuenta de que era una estafa. Este software era en realidad un virus troyano que, al introducir su clave, había compartido el acceso a su cuenta sin saberlo.

Dos días después, se percató de un movimiento extraño en su cuenta corriente: una transferencia de unos 3.500 euros a otro numero de cuenta que, pese a que estaba a su nombre, no era de ella realmente.

En este escenario, Goizargi se dirigió a la Policía Nacional a denunciar el caso, a la vez que reclamó al banco la devolución del dinero sustraído.

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Una oficina del BBVA. Foto: Eduardo Parra / Europa Press

El BBVA descartó devolverle el dinero

El BBVA negó reembolsar el dinero a la clienta, argumentando de que se trató de una transferencia normal entre dos cuentas cuyo titular era la afectada. Sin embargo, esto no lo era y durante el tiempo en que la usuaria intentó reclamar la devolución, la policía del País Vasco le informó a Goizargi que se había detenido a una persona por ser presunta autora del fraude.

Al banco poco le interesó esta información y persistió en su negativa al reembolso, aunque esta vez señalaba que el fraude había sido por negligencia de la usuaria al gestionar mal las claves de seguridad. Y esto en el marco de que el engaño se había establecido en la propia pasarela de pago de la entidad bancaria.

Inconforme, la clienta se unió a Facua Euskadi para pedir ayuda en el reclamo al banco, amparada en el artículo 43 del RD de servicios de pago y otras medidas financieras, el cual indica que «en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato».

La normativa también indica que en todos los casos debe hacerse «a más tardar al final del día hábil siguiente o aquel en el que haya observado o se le haya notificado la operación».

Sentencia en el Tribunal

El BBVA se negó a devolver el dinero todo el tiempo, incluso cuando las reclamaciones provenían de los abogados de Facua. Por ello, el caso se llevó a los tribunales, donde el juez encargado falló a favor de la clienta.

La sentencia indicó finalmente que la usuaria no era negligente, sino que la responsabilidad era del banco al no contar con los medios oportunos para impedir la operación, ni para advertir o bloquearla, «ni tampoco para cerciorarse que la transferencia se estaba realizando por quien está autorizado para ello».

De esta forma, el fallo obliga al banco el pago de los 3.500 euros, «con los intereses legales desde la fecha de la sentencia y ello con expresa condena en costas».

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