Consejeros del Tribunal de Cuentas ven irregular que el Ayuntamiento de Rivas pagara fiestas del PCE
Cinco consejeros del órgano fiscalizador consideran que el consistorio podría haber incumplido la Ley de Financiación de Partidos Políticos
Consejeros del Tribunal de Cuentas ven una «subvención» irregular que el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid costeara en 2021 fiestas del PCE, ya que entienden que lo prohíbe la Ley de Financiación de Partidos Políticos.
Estos consejeros han expresado su posición en voto particular que han planteado contra una resolución con la que el órgano fiscalizador, que ha avalado una serie de fiestas que el PCE celebró en 2021 en Rivas Vaciamadrid en el mismo escenario que el Consistorio desplegó para los festejos patronales.
El Tribunal de Cuentas ha decidido no incoar un procedimiento sancionador contra este ayuntamiento, ya que considera que el escenario cumplió con «los compromisos recogidos en el convenio» suscrito y la formación no obtuvo ningún lucro.
La resolución aprobada estima que «la cesión sin coste de la utilización de un espacio público acordada entre el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y el PCE se produjo en el marco de un convenio de colaboración». Se explica que «el partido asumía la realización de actividades culturales cuya puesta en marcha redundó, de forma incuestionable, en beneficio de la población del municipio y no formaban parte de la actividad política de la formación».
Sin embargo, cinco consejeros del Tribunal de Cuentas discrepan de este criterio y presentaron su voto particular, al que tuvo acceso Servimedia. Su tesis es que se incumplió la Ley de Financiación de Partidos Políticos porque un tercero –en este caso el Ayuntamiento de Rivas– asumió los gastos del PCE. Afirman que el artículo 4.3 de esa misma ley no distingue la naturaleza pública o privada de las «terceras personas».
«Espacio de inmunidad»
Una vez hecha esta interpretación, los consejeros añaden que, aunque «efectivamente» la ley solo haga referencia a las «subvenciones» como ingresos públicos, eso no significa que el resto de aportaciones públicas estén amparadas por la legislación. Y advierten de que «cualquier otra conclusión allanaría el camino para eludir la prohibición de financiación por parte de una entidad pública».
«Estaríamos admitiendo un espacio de impunidad para que las Administraciones Públicas financien a formaciones políticas al margen de toda la construcción legal de la financiación de los partidos políticos», subraya el voto particular.
En opinión de estos consejeros, el hecho de que solo se regulen como ingresos públicos las subvenciones no implica que el resto de las aportaciones procedentes de entes públicos, al margen de las subvenciones, queden permitidas. Consideran que sería una interpretación que allanaría el camino para que las administraciones públicas pudieran financiar a los partidos eludiendo la ley.
Los cinco magistrados concluyen así que hay indicios suficientes para sancionar al PCE por infringir la Ley de Financiación de Partidos Políticos, en contra del criterio de la mayoría de los consejeros del Tribunal de Cuentas.