La Fiscalía solicita al Supremo que levante la orden de arresto contra Puigdemont
El Ministerio Público también reclama al TS que aplique la amnistía por malversación a los implicados en el 'procés'
La Fiscalía ha pedido este miércoles al Tribunal Supremo (TS) que aplique la ley de amnistía a la malversación y la desobediencia que se le atribuye a los líderes del ‘procés’, incluido el expresidente catalán Carles Puigdemont, informa Europa Press.
El Ministerio Público también reclama la amnistía para los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, y para la secretaria general de ERC, Marta Rovira; así como para el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y para los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.
Asimismo, aboga por levantar las órdenes nacionales de detención que pesan sobre Puigdemont, Puig, Ponsatí y Rovira. Y pide declarar el archivo de la causa que se mantiene abierta en su contra.
Así consta en el escrito, recogido por Europa Press, que el Ministerio Público ha presentado ante el alto tribunal bajo la firma de la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y del fiscal de Sala jefe de lo Penal de la Fiscalía del TS, Joaquín Sánchez-Covisa.
Ambos fiscales han asumido la causa del ‘procés’ por encargo del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, después de que ayer martes la Junta de Fiscales avalara su postura sobre la ley de amnistía frente a la de los cuatro fiscales que llevaban el procedimiento y que participaron en el juicio celebrado en 2019.
El argumento para amnistiar la malversación
En su informe, los fiscales defienden que la malversación del ‘procés’ es amnistiable, entre otras razones, porque los hechos probados en esta causa «no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiere producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea».
Insisten, además, en que se puede amnistiar la malversación porque el perjuicio patrimonial para la Administración que causaron los encausados no es equiparable al enriquecimiento personal de carácter patrimonial.
Para los fiscales «es lógico concluir» que se deben amnistiar la malversación «siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017».
Matizan, sin embargo, que dicha conducta «no será susceptible de ser amnistiada cuando, al margen de la voluntad o ánimo de conseguir la celebración de las consultas, el responsable del delito persiguiera, asimismo, la consecución de otras finalidades de carácter económico o patrimonial».
El criterio de García Ortiz
La Junta de Fiscales avaló por dos votos el criterio de García Ortiz, quien abogaba por pedir al Supremo que amnistíe la malversación, la desobediencia y los desórdenes públicos que se atribuyen a los encausados del ‘procés’, incluido el expresidente catalán Carles Puigdemont.
La postura del fiscal general consiguió 19 votos –incluido el del propio García Ortiz– frente a los 17 que recabaron los fiscales del 1-O –Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno–, que defendían que no era viable amnistiar la malversación de los encausados del ‘procés’ porque tuvieron ánimo de lucro y afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea.
La Fiscalía se pronuncia después de que el pasado 11 de junio, cuando se publicó la ley de amnistía en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el juez instructor del ‘procés’ Pablo Llarena y el tribunal que juzgó a los líderes independentistas dieran un plazo de cinco días a las acusaciones y las defensas para que informasen sobre la «aplicabilidad o inaplicabilidad» de la norma.