Lo nuevo en el permiso de lactancia: esto debes saber

El permiso de lactancia es el derecho que tiene una madre o un padre de ausentarse en su trabajo, bajo ciertas condiciones, para cuidar de su hijo hasta que cumpla nueve meses

Foto: Freepik

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El permiso de lactancia en España es un derecho laboral que permite a los padres trabajadores conciliar la vida familiar y profesional tras el nacimiento de un hijo. Está regulado por el Estatuto de Trabajadores y aplica a los casos, además del nacimiento, de adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.

Esta licencia permite a los trabajadores, sean padres o madres, ausentarse de su puesto sin perder su remuneración bajo ciertas reglas con el fin de atender al hijo o hija hasta que cumpla 9 meses.

Desde el pasado 22 de mayo, ha entrado en vigencia una nueva modificación del permiso de lactancia, que incluye una novedad sobre la acumulación de jornadas.

Características

El permiso de lactancia otorga al empleado la posibilidad de faltar a su trabajo una hora al día o dos fracciones al día, las cuales no necesariamente deben ser iguales de tiempo ni deben tener una duración mínima.

También es posible reducir en 30 minutos la jornada diaria sea al principio o al final de ella.

Antes, estaba permitido acumular el permiso en jornadas completas, pero solo si ello estaba mencionado en el convenio colectivo aplicable al empleado o cuando se acordaba previamente con el empleador.

permiso de lactancia
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Sin embargo, ahora cualquier trabajador puede acumular las jornadas enteras sin necesidad de que esté establecido en el convenio.

En cuanto al total de jornadas, puede cambiar porque se relaciona al tiempo que le queda al niño para que cumpla los 9 meses de edad y de las horas de trabajo diarias.

Según explica Ocu, normalmente, un trabajador a tiempo completo tiene 12 y 14 días de descanso, mientras que aquellos con tiempo parcial pueden disponer de hasta 28 días.

Requisitos

Para solicitar este permiso, es necesario estar dado de alta como trabajador y cumplir con los periodos de cotización establecidos por la normativa.

En caso de tener entre 21 y 16 años de edad, son 90 días cotizados en los últimos 7 años desde que se presenta la solicitud o 180 días tomando como referencia toda la vida laboral.

Los mayores de 60 años, deben acumular 180 días cotizados en los 7 años previos o 360 días en lo que va de su vida laboral. Los trabajadores menores de 21 años no necesitan haber cotizado antes.

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