El juez Llarena se reafirma: no amnistiará la malversación a Puigdemont, Comín y Puig

El magistrado insiste en que el artículo 1.4 de la ley de amnistía indica que el enriquecimiento alcanza cualquier beneficio que hubiera exigido del pago de una contraprestación dineraria

El juez y magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de España, Pablo Llarena. Foto: H.Bilbao / Europa Press

El juez y magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de España, Pablo Llarena. Foto: H.Bilbao / Europa Press

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El magistrado instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, ha rechazado los recursos de reforma presentados por el ex presidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Antonio Comín y Lluis Puig, así como los de Fiscalía y Abogacía del Estado, contra su decisión de no aplicar la amnistía al delito de malversación por el que están procesados.

En un auto, recogido por Europa Press, el magistrado del Tribunal Supremo (TS) insiste en que el artículo 1.4 de la ley de amnistía indica que el enriquecimiento alcanza cualquier beneficio que hubiera exigido del pago de una contraprestación dineraria, aunque no aumente materialmente el nivel de riqueza del sujeto.

Por otro lado, Llarena ha desestimado el recurso de Vox, donde se solicitaba que no aplicase la desobediencia al delito de desobediencia. Además, da la razón a la dirigente de ERC Marta Rovira en un aspecto procedimental, al compartir que el archivo de su causa por desobediencia corresponde a la Sala de lo Penal, por lo que estima su recurso y concluye el sumario respecto a ella.

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