La Justicia acepta una demanda colectiva contra Carrefour por sus tarjetas “revolving”
Los clientes denuncian la falta de transparencia y los elevados intereses en este servicio de pago atrasado
Carrefour tendrá que dar explicaciones ante la Justicia sobre las condiciones de contratación de sus tarjetas “revolving”. El juzgado mercantil número 14 de Madrid ha admitido una demanda colectiva presentada contra la compañía francesa por la falta de transparencia de este servicio.
La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) ha sido la que ha llevado a la cadena de supermercados ante los tribunales, con el objetivo de que se declaren como nulos los gastos que los clientes han realizado con estas tarjetas de pago aplazado.
La demanda colectiva también persigue que se anulen todos los contratos sobre el vencimiento anticipado de estos préstamos, así como todo lo relativo a la satisfacción de la deuda y de los sistemas de pago de las tarjetas.
Asufin considera que Carrefour no ofreció suficiente información a los usuarios sobre las cláusulas que estaban aceptando cuando contrataban este servicio de pago aplazado. Denuncian que no constaba en ningún lugar los detalles sobre el funcionamiento de las tarjetas o el coste real de su uso.
Carrefour ya perdió en una demanda individual por sus tarjetas «revolving»
No es la primera vez que la cadena de supermercados se enfrenta a una denuncia de este tipo. En septiembre ya perdió una disputa judicial contra uno de los clientes que había contratado una tarjeta de pago aplazado y se había visto obligado a pagar a un interés del 21,99%.
El Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián obligó entonces a la empresa a reintegrar un total de 4.388 euros más intereses al afectado, por haber estipulado un precio “usurario” para el cliente.
En esta nueva ocasión, la compañía francesa no tendrá que hacer frente a un pleito individual, sino a una demanda colectiva, lo que puede tener unas dimensiones económicas mucho mayores, si finalmente pierde en los tribunales.
Los antecedentes judiciales no corren a favor de la cadena de supermercados. El Tribunal Supremo ya declaró como usurario el interés que había aplicado Wizink Bank a un cliente por el uso de una tarjeta “revolving”. La Justicia estimó que el 27% era una tasa manifiestamente desproporcionada, con respecto al índice de referencia.