Cómo decide un tribunal médico el grado de una pensión de incapacidad permanente
La prestación de incapacidad permanente está destinada a los empleados que experimentan una disminución o pérdida de ingresos debido a una enfermedad o lesión que limita o anula su capacidad para trabajar
La pensión de incapacidad permanente se dirige a los empleados que experimentan una disminución o pérdida de ingresos debido a una enfermedad o lesión que limita o anula su capacidad para trabajar.
Esta condición puede variar en grados y se clasifica en diferentes niveles según la limitación funcional que impone al individuo. Si bien la Seguridad Social administra las pensiones de incapacidad, no es responsable de determinar el grado de incapacidad: es el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) quien lo hace.
El EVI elabora un informe sobre la persona solicitante con base en cuatro criterios: la forma en que la enfermedad o lesión incide en la vida del trabajador (capacidad laboral y su vida cotidiana); el cuadro clínico en su totalidad (otras dolencias incluso anteriores); la posibilidad de recuperación o mejora; y los criterios orientativos (historial médico, antecedentes de casos similares, etc.).
Es importante señalar que el documento del EVI no es decisorio, pues la decisión de otorgar la prestación es exclusivamente de la dirección provincial de la Seguridad Social.
Plazos
La Seguridad Social tiene hasta 135 días hábiles para conceder o no la pensión por incapacidad permanente, periodo en que los fines de semana y los días festivos no cuentan.
Pese a ello, la institución no tarda mucho en resolver el expediente, además de que puede consultarse por internet el estado en que se encuentre.
A partir de la resolución, es posible saber si fue aprobada la pensión, con qué grado se otorga y la cuantía.
Si hay un silencio administrativo, la solicitud se entenderá como denegada. En caso haya observaciones, el interesado tendrá 10 días para presentar alegaciones o los documentos complementarios que se pidan.
Cuantías
Se establece por la base reguladora y el porcentaje que se aplica de acuerdo con el grado de incapacidad permanente reconocido:
- Gran invalidez: se calcula la base reguladora aplicando el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, al cual se le suma un complemento adicional
- Absoluta: 100% de la base reguladora
- Total: 55% de la base reguladora (20% más a partir de los 55 años cuando por «diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual»)
- Parcial: indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo del subsidio)