Expertos constitucionalistas cuestionan el uso del estado de alarma
Varios catedráticos consideran que se han podido producir algunos excesos en la aplicación de esta medida, justificada por el "derecho a la salud"
España acumula ya dos meses sometida al estado de alarma como consecuencia de la pandemia de coronavirus, intentando llevar a mínimos los contagios. El estado de alarma, según el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha impedido que el coronavirus se cobrara 300.000 muertos en España gracias a las restricciones de movilidad. ¿No hay nada que discutir, entonces? Sí lo hay, al menos desde el punto de visto de los expertos en derecho constitucional.
El catedrático de la Universitat de Barcelona (UB) Xavier Arbós comienza por avalar la aplicación del estado de alarma como un mecanismo pensado para preservar «el derecho a la salud y a la vida» e incluso comenta que si el Gobierno se hubiera negado a aplicarlo se había entrado en una «dejación de funciones». SIn embargo, llama la atención sobre la «suspensión de movimientos» a la que se ha sometido a la población, puesto que el estado de alarma solo contempla la «restricción».
«La regla es que te tienes que quedar en casa y solo se puede salir para determinadas cosas y según la franja de edad«, explica Arbós. El catedrático refleja que esa situación tampoco se recoge en los estados de sitio y de excepción: «No está previsto en el ordenamiento jurídico«.
El también catedrático por la UB Josep Maria Castellà subraya, en este sentido, que el ordenamiento jurídico sí que recoge la restricción de movimientos, cuya situación actual define de «severa», aunque reconoce que es «una diferencia muy sutil con la suspensión». Defiende que la «alarma» y la «excepción» son para causas distintas y recuerda: «El derecho de reunión se restringía físicamente, pero a través de Internet uno lo puede hacer porque no es política».
Restricción en manifestaciones
Sobre las manifestaciones, Castellà advierte que en principio el estado de alarma no debería prohibir el derecho a manifestación: «¡Tampoco te puede obligar a estar en casa y te obliga!». Pese a ello, explica que la jurisprudencia que se está llevando a cabo es un tanto «contradictoria», y será el Tribunal Constitucional el que tenga la última palabra cuando se pronuncie sobre el recurso presentado por Vox y su manifestación contra el Gobierno.
Pese a ello, la inadmisión a trámite de un un recurso de amparo ante el TC del sindicato Central Unitaria de Trabajadores contra una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que desestimó su solicitud de manifestación en Vigo para mañana 1 de mayo, día del Trabajador, indica cual será la interpretación de los magistrados.
Castellà ve encaje de las medidas restrictivas hasta cierto punto concediendo, eso sí, que la jurisprudencia reconoce el derecho a la salud como bien a proteger por encima del de manifestación. «Hace prevalecer la integridad física, el auto de Galicia ya nos indica una tendencia que se tendrá que confirmar si hay una sentencia».
Pese a ello, se plantea si el criterio jurídico puede ir cambiando en función del contexto, puesto que para el jurista no es lo mismo una situación de bloqueo total que fases avanzadas de la desesalada. Para Castellà, el principal problema que se deriva del estado de alarma es si se han podido producir excesos derivados del mismo.
¿Abuso de poder?
El jurista explica que más allá del estado de alarma el Gobierno ha «abusado» de los decretos-ley alegando su urgencia, y ha aprovechado algunos de ellos que eran necesarios para colar algunas cosas cuya necesidad en plena pandemia eran dudosas: «¿Qué tiene que ver que Pablo Iglesias presida la comisión del CNI con el coronavirus?».
De la misma forma, cree que algunas de las medidas tomadas al principio del estado de alarma, cuando se paralizó el conjunto del país, quizás ahora no serían necesarias, sobre todo con lo relacionado con plazos administrativos y procesales: «¡No se puede parar el estado de derecho!».
También, pone el foco en elementos relacionados con la libertad de expresión. El profesor de Derecho critica ciertas derivadas, como preguntar a través del CIS sobre la libertad de prensa o también la decisión de la mesa de mantener cerrado el Congreso de los Diputados y escapar así del control parlamentario.
Castellà advierte al Gobierno entre sus próximos pasos: «La nueva normalidad no se puede regular a través del estado de alarma«. El catedrático insiste en que esta figura jurídica es «excepcional» y que las «restricciones tienen que ser necesarias y proporcionales que se están pidiendo».