El magistrado del TS y el director de la RAE abordan el ‘procés’ como el mayor desafío a la Constitución
En la segunda sesión del ciclo Inter-Académico organizado por el Instituto de España, destacadas figuras analizan la tensión territorial y las dificultades para una posible reforma constitucional.
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas manifestó en la segunda sesión de ciclo Inter-Académico que organiza el Instituto de España que el ‘procés’ ha sido «el más grave desafió que ha tenido y tiene la Constitución»
Por su parte, el director de la RAE, Santiago Muñoz Machado, dijo que «lo que son pretensiones de ruptura del sistema, es decir, alternativas de secesión, separación, autodeterminación o planteamientos de referéndums de separación no tienen cabida posible en la Constitución», pero «no sólo es que no cabe en la Constitución», sino que la Carta Magna «no puede reformarse para permitir un referéndum de autodeterminación».
En el ciclo participan representantes de las diez reales académica que lo integran- sobre «La Constitución de de 1978. Balance y perspectiva». En esta sesión participó también Alfredo Pérez de Armiñán, vicedirector-tesorero de la real Academia de Bellas Artes San Fernando, quien disertó sobre ‘Museos, archivos y bibliotecas en la Constitución de 1978’.
Muños Machado, que centró su intervención en ‘La tensión territorial’, señaló que las principales cuestiones que afectan a la territorialidad del Estado en la actualidad son la reclamación por parte de algunos de la reforma de esa organización territorial y, por parte de otros, de la ruptura de la misma, tal como está diseñada por la Constitución.
Sobre el referéndum de autodeterminación por el que abogan determinadas formaciones políticas -especialmente partidos nacionalistas catalanes- el director de la RAE incidió en que «no hay previsión constitucional que lo permita, ni podría haberla. Este es un camino, a mi juicio, perfectamente cerrado».
Sin embargo, añadió, «lo que no puede evitar la Constitución ni nadie es que la independencia, la autodeterminación, se convierta en una cuestión de hecho». Pero, a pesar de ello, recalcó, «no cabe constitucionalmente hablando la vía de la autodeterminación. Las únicas vías que pueden abrirse son las de la reforma constitucional para arreglar las cosas que no estaban bien reguladas en 1978 o aquellas que se han podido apreciar a lo largo de los años que no funcionan bien. Es natural que una Constitución con 45 años presente algunas goteras o defectos que habría que enmendar.
Sin embargo, se mostró muy pesimista sobre la posibilidad de abordar una reforma constitucional en estos momentos, «habida cuenta de cómo están las fuerzas políticas de enfrentadas y polarizadas. De modo que ni cabe ruptura ni cabe una reforma constitucional sensata» en estos momentos.
Amnistía
Por su parte, el académico de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas Murillo centró su intervención en realizar una ‘Biografía’ de la Constitución desde su promulgación en diciembre de 1978. En este sentido, señaló que, en su opinión, «el más grave desafío que ha tenido y tiene la Constitución es el ‘procés'», algo que, sin embargo, no se puede entender «sin el clima derivado de la crisis económica de 2008», aunque también es cierto – indicó- «que eran constantes las demandas de más autogobierno por parte de las formaciones nacionalistas catalanas y que la sentencia del TC sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña produjo allí una gran insatisfacción».
En cuanto al compromiso adquirido por el Gobierno con las fuerzas nacionalistas que apoyaron a investidura del presidente del Gobierno, señaló que ello ha producido un «impacto» en gran parte de la sociedad, y que, entre otras cuestiones, llama la atención «de que terceros extranjeros medien en acuerdos que han de formalizarse mediante leyes a aprobar por las Cortes Generales».
Sobre esa cuestión, Pablo Lucas Murillo aludió igualmente a cómo la mayoría de los juristas que se han pronunciado sobre esta cuestión sostienen que la Constitución «no permite ninguna amnistía o que no permite esta concreta amnistía. «Y de la exposición de motivos que precede a la Proposición de Ley Orgánica -de amnistía- puede decirse con seguridad que no son correctas las referencias que hace a la jurisprudencia constitucional ni al Derecho de la Unión Europea ni al de otros países, y es particularmente llamativo que el proponente de la proposición considerara hace poco inconstitucional, sin ningún matiz, cualquier amnistía».