La Audiencia Nacional avala que García-Castellón enviara al TS una exposición razonada sobre el caso Tsunami
El juez García-Castellón había emplazado al Alto Tribunal a pronunciarse sobre si investigar por terrorismo al expresidente catalán Carles Puigdemont y al diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado los recursos interpuestos por Josep Lluis Alay y Marta Molina contra la decisión del juez Manuel García-Castellón sobre el envío de una exposición razonada al Tribunal Supremo (TS) respecto el caso Tsunami Democràtic.
Cabe recordar que el magistrado había emplazado al Alto Tribunal a pronunciarse sobre si investigar por terrorismo tanto al eurodiputado y expresidente catalán Carles Puigdemont, como al diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, teniendo en cuenta que ambos son aforados.
A pesar de que el TS consideró que existía la base suficiente para abrir una investigación Puigdemont y Wagensberg, la decisión fue recurrida por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por los investigados Alay y Molina.
La Audiencia Nacional ha optado por avalar la decisión del Alto Tribunal en cuanto a la causa respecto a los dos aforados. Consecuentemente, se desprende que decaen los recursos de Alay y Molina, que continuarán bajo la jurisdicción de García-Castellón.
De esta manera, la Audiencia Nacional considera que ha brindado una respuesta a las cuestiones planteadas por ambas defensas, tanto respecto al órgano judicial que debe investigar los hechos como en lo referente al delito de terrorismo.
Investigación por terrorismo
La decisión llega después de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictase el pasado 29 de febrero una resolución por la que acordaba, por unanimidad, investigar a Puigdemont y Wagensberg en el caso Tsunami. Entonces, designó como instructora de la nueva causa a la magistrada Susana Polo.
La otra decena de personas imputadas en el caso Tsunami se juzgarán en la Audiencia Nacional. Los magistrados indicaron que no tenían dudas de que los hechos que se imputan a Tsunami se incardinan en el delito de terrorismo y recoge una decena de sentencias de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito.