El Supremo accede a la petición de Junqueras
El TS eleva una consulta al tribunal de justicia de la UE sobre el alcance de la inmunidad de Junqueras
El Tribunal Supremo (TS) ha aceptado la petición de la defensa de Oriol Junqueras y ha elevado una consulta prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJEU) sobre el alcance de la inmunidad de los miembros del Parlamento Europeo, para evaluar si también alcanza al presidente de ERC, eurodiputado electo y que permanece en prisión preventiva y acusado de delitos de malversación, sedición y rebelión en la causa del procés.
Eso sí, el TS no ha planteado la cuestión al TJEU en los términos en los que lo quería la defensa del exvicepresidente del gobierno catalán. El tribunal del juicio, que preside Manuel Marchena, circunscribe sus dudas al terrreno, acotadísimo, de la concesión de un eventual permiso penitenciario a Junqueras para que este pueda cumplir con los trámites necesarios para poder tomar posesión de su escaño en la Eurocámara. De este modo, el Supremo entiende que no es necesario que se paralice el juicio, que está ya visto para sentencia, hasta que la justicia europea resuelva la consulta.
Así, el Supremo pregunta si la inmunidad establecida para los eurodiputados en la normativa europea rige incluso antes de que se abra el periodo de sesiones, es decir, antes de la constitución de lal Europarlamento, que se llevará a cabo este martes.
El Alto Tribunal plantea en realidad tres cuestiones, pero en modo árbol. En concreto, si la respuesta a la primera es que sí, el TS pregunta si esa interpretación «extensiva» del alcance de la inmunidad valdría igualmente para un eurodiputado electo que no ha cumplimentado los trámites para tomar posesión del escaño, como es el caso de Junqueras.
En el caso de que la respuesta en ese caso siguiera siendo alternativa, el Supremo -tercera cuestión- pregunta a la justicia europea si estaría obligado a dejar salir de la cárcel a Junqueras «de forma automática» para «permitir el cumplimento de las formalidades y desplazamientos al Parlamento Europeo» del eurodiputado electo o si tendría margen de maniobra para decidir lo que considerara más pertinente.
Si a la hora de responder esta tercera pregunta el TJEU se decantara por la primera opción, el Supremo se vería obligado a modificar la que hasta ahora ha sido su postura al respecto: la de impedir al líder de Esquerra que acuda a cumplimentar el trámite de acatar la Constitución -algo que el resto de eurodiputados electos españoles hizo el 17 de julio- y a tomar posesión de su escaño en Estrasburgo.
El Supremo entiende que no hay «prohibición» a Junqueras
El TS justificó ese planteamiento con el argumento de que no se trata de una prohibición, sino tan solo de un aplazamiento a la espera de la sentencia. Permitir ahora al exvicepresident convertirse en eurodiputado a todos los efectos comportaría que el Supremo tuviera que pedir autorización a la Eurocámara para proseguir con la causa, pese a que ya está en su fase final, a falta solo de que el tribunal redacte la sentencia.
Para evitarlo, el TS planteó un aplazamiento «temporal» de los derechos de Junqueras como eurodiputado electo, suspendidos hasta que se produzca finalmente el acatamiento, algo que podría darse después de que el tribunal dicte sentencia siempre y cuando esta no implique su inhabilitación.