Actualizado
Notarios confirman el número de veces que puedes cambiar el testamento en España
El Consejo General del Notariado especifica cómo y cuándo hay que modificar el documento
El testamento es el documento donde una persona detalla qué desea que suceda con sus bienes cuando fallezca. Se trata de un acto personal y revocable, es decir, que el testador tiene plena libertada para cambiar su testamento en cualquier momento, para así adecuarlo a cada momento o etapa de la vida.
Según establece el Código Civil en su artículo 737, todas las disposiciones testamentarias son revocables. Así, el documento se puede modificar, pero siempre respetando los límites que marca la ley.
De esta manera, al repartir una herencia, un tercio de ella debe ir destinada a los herederos legales –la legítima–; un segundo tercio se reparte de la forma en que el testador quiera entre hijos y descendientes; y el último tercio se puede repartir como se quiera.
Cómo y cuándo se puede modificar un testamento
El testamento se puede cambiar en cualquier momento y tantas veces como se quiera, tal como especifica el Consejo General del Notariado. Hay que presentar uno nuevo ante notario, como en la primera vez, y se considera válida la última modificación que se hiciera al documento.
Asimismo, los cambios los tiene que hacer el propio testador, pues el acto testamentario es personal y no puede ser delegado.
Hay dos tipos de modificaciones: las expresas, que son las que reemplazan en su conjunto al documento anterior, que queda sin efecto, y las tácticas, que únicamente afectan a ciertas disposiciones que resultan incompatibles con las de la versión anterior.
Por otro lado, existen algunos límites que marca la ley. No se pueden imponer cláusulas que pretendan derogar futuras versiones del testamento, así como otras que exijan ciertas palabras o señales para revocar el documento.
Cuando el testador ha fallecido, el testamento no puede ser modificado, menos en algunos casos excepcionales contemplados en el Código Civil. Los herederos pueden iniciar un procedimiento judicial para declarar nulo el testamento.