El SEPE te avisa: cuenta atrás para cambios radicales en el paro

En los próximos meses entran en vigor algunas novedades vinculadas a la prestación pública

En algunos meses, habrá algunas novedades en el paro. Foto: Europa Press.

En algunos meses, habrá algunas novedades en el paro. Foto: Europa Press.

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Las personas que cobran el subsidio por desempleo habrán de mantenerse alerta en los próximos meses. El motivo no es otro que la entrada en en vigor el real decreto ley que reforma la ayuda, tras recibir luz verde del Consejo de Ministros y el Congreso de los Diputados.

De esta manera, el Gobierno se propone simplificar y mejorar la protección por desempleo, a través de la inclusión de cambios que agilizarán el acceso a las ayudas, permitirán compatibilizar empleo y prestaciones y ampliarán los colectivos protegidos.

Más beneficiarios

La reforma, que comenzará a aplicarse en noviembre, amplía los subsidios por desempleo a colectivos que carecían de esta cobertura:

Una oficina del SEPE. paro
 Foto: Europa Press.
La reforma amplía la cobertura a algunos colectivos. Foto: Europa Press.
  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares
  • Trabajadores agrarios eventuales
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla
  • Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
  • Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual

Nuevas cuantías

La nueva normativa sube el porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se utiliza para calcular el subsidio por desempleo. Concretamente, la cuantía se elevará en 90 euros mensuales.

Mientras que en los seis primeros meses se cobrará el 95% del indicador, en los seis meses siguientes se ingresará el 90% y el resto del periodo el 80%.

Compatibilidad

Los perceptores del subsidio contarán con la posibilidad de compatibilizarlo con el cobro con la incorporación laboral. Consecuentemente, se podrá compatibilizar un empleo o beca con el cobro del paro durante un máximo de seis meses.

Permiso de lactancia

También contempla la acumulación de las horas retribuidas de ausencia por lactancia en jornadas completas como un derecho. Por ello, esta opción podrá estar recogida en el convenio colectivo o en un acuerdo con la empresa.

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