Adiós a una de las prácticas más populares al aparcar: «No es recomendable»
La DGT considera que esta acción es contraproducente
La Dirección General de Tráfico (DGT) ya se ha pronunciado sobre la práctica de dejar plegado los retrovisores laterales después de aparcar. Y es que, en España, esta actuación es común debido a que, de esta forma, se evitan posibles golpes o choques en zonas estrechas.
Ante esto, la DGT sostiene que no es recomendable e, incluso, una acción contraproducente, ya que el retrovisor desplegado, al incrementar el espacio que cubre el coche a lo ancho, obliga a otros conductores a ir con mayor cuidado y a mantener la distancia, evitando así rayones o posibles choques. Pero si están plegados, no tendrán tanto cuidado, lo que puede devenir en algún accidente.
Además, hay muchos casos en que los conductores se olvidan de desplegar los retrovisores al retomar la marcha, lo que incrementa el peligro de una posible situación peligrosa.
La DGT exige que los retrovisores estén homologados y que sean dos como mínimo del lado del conductor: uno interno, que suele situarse en la parte centro-superior, y otro en el exterior, a un lado de la ventana.
La normativa de tráfico también exige que estos aparatos cumplan con ciertas características de seguridad. En los modelos modernos, cuentan con tecnología como sistemas antideslumbramiento, calefacción y señalización para los puntos ciegos. Sin embargo, las innovaciones están permitidas siempre que se cumplan con los estándares de la DGT.
Multa de 200 euros
La DGT considera una infracción grave la manipulación o regulación de los retrovisores mientras se esté circulando por la carretera, una acción que podría costarte 200 euros de multa.
De la misma forma, si llevas uno roto o demasiado sucio también se te multará con 200 euros debido a que impides una correcta visibilidad.