Estos pensionistas dejarán de cobrar 500 euros al mes
No todos los jubilados pueden pedir las ayudas que gestiona el Imserso
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) gestiona una ayuda al alquiler para los pensionistas. Sin embargo, solo la pueden solicitar aquellos que, en primer lugar, vivan de alquiler y que, además, cobren una prestación de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, es decir, por no haber alcanzado el mínimo de cotización de 15 años.
Se trata de una subvención de 525 euros, que se ingresará en un único pago antes del 31 de diciembre, fecha en la que también finaliza el plazo para poder solicitar la ayuda.
En concreto, según el real decreto que regula estas subvenciones, las personas beneficiarias tienen que tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva; carezcan de vivienda en propiedad; sean titulares del contrato de arrendamiento de la vivienda y tengan en este inmueble fijada su residencia como domicilio habitual; y que no tengan con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado.
Además, el contrato de arrendamiento tiene que ser superior a un año y la persona tiene que haber residido en esa vivienda durante mínimo 180 días antes de la fecha de la solicitud. Y, en el caso de que en el mismo inmueble convivan dos o más personas que tengan reconocida una pensión no contributiva, solo podrá acceder a esta subvención el titular del contrato de arrendamiento –si son varios, el primero de ellos.
Para poder solicitar la ayuda, los pensionistas interesados deben dirigirse a las oficinas del Imserso de su comunidad autónoma, donde tendrán que presentar todos los requisitos para ser beneficiarios.
Más de 24.000 pensionistas beneficiados en 2023
En 2023, un total de 24.095 pensionistas no contributivos en España recibieron el complemento por alquiler. De estos, el 60,92% tenía reconocida una pensión de jubilación en su modalidad no contributiva.
Por otro lado, de las 27.730 solicitudes resueltas, en el 9,4% de los casos se denegó la ayuda principalmente porque el solicitante no era titular de una pensión no contributiva, porque disponía de una vivienda en propiedad, porque no residía en la vivienda alquilada o había residido menos de los 180 días requeridos o porque no era titular del contrato de arrendamiento.