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¿Cómo saber si tienes una herencia esperándote? Aquí está la clave
El Consejo General de Notariado explica el paso a paso para poder consultar si has recibido una herencia sin saberlo
Cuando una persona fallece y deja en herencia sus bienes, no es obligatorio que se notifique a los herederos de que van a recibir esta herencia, a no ser que así se especifique en el testamento. Por eso, aunque pueda parecer poco habitual, puede suceder que un heredero haya recibido una herencia sin saberlo.
Para poder averiguar si se tiene una herencia, el Consejo General de Notariado recomienda seguir los siguientes pasos: en primer lugar, el posible heredero tiene que disponer del certificado o partida de defunción de la persona a quien cree que puede heredar.
Con este documento, el interesado se tiene que dirigir al Registro General de Actos de Última Voluntad, para poder obtener el certificado de últimas voluntades, en el que consta si la persona fallecida hizo o no testamento, ante qué notario y en qué fecha. Esta consulta también la puede hacer el interesado a su propio notario bajo su nombre.
Una vez se dispone de esta información, se puede solicitar al notario correspondiente una copia del testamento de la persona fallecida, para saber qué nombres se mencionan en este.
Inconvenientes para saber si se tiene una herencia
Durante este proceso, pueden surgir algunas problemáticas para confirmar si el interesado dispone de una herencia o no. Por ejemplo, en el caso que el notario al que se le otorgó el testamento hubiera fallecido, o se hubiera jubilado o trasladado, se puede buscar a través de la web del Consejo. Si no hay datos, se puede acudir al Colegio Notarial de la comunidad autónoma correspondiente o a un notario para recibir información.
Por otro lado, en el caso que el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad dijera que no hay testamento, habrá que hacer la declaración de herederos abintestato. Se trata de un documento público que permite determinar quiénes son los herederos de una persona fallecida que no ha hecho testamento y en qué proporción lo son.
Para ello, los interesados tendrán que llevar a un notario competente una serie de documentos (DNI del fallecido; certificación de defunción; certificado del Registro de Actos de Última Voluntad; Libro de Familia…) y tendrán que acudir dos testigos que conozcan a la familia del fallecido. Asimismo, el notario puede pedir las pruebas adicionales que necesite.
Los notarios competentes son aquellos del lugar en que tuviera el fallecido su residencia habitual, de donde tuviera la mayor parte de su patrimonio o de donde hubiera fallecido, o de un distrito colindante a todos ellos.