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Hacienda avisa: miles de espaƱoles, en el punto de mira
La Agencia Tributaria empieza a enviar las llamadas 'cartas del miedo'
Hacienda ha comenzado a enviar a 80.000 personas sus cartas del miedo. Se trata de notificaciones de la Agencia Tributaria, que acostumbran a generar mucho nerviosismo entre quienes las reciben. Sin embargo, no todas las comunicaciones conllevan sanciones o problemas legales.
De momento, las 80.000 notificaciones informativas enviadas estĆ”n dirigidas a contribuyentes cuyo IRPF aportado en la DeclaraciĆ³n de la Renta no coincide con los datos que Hacienda tiene registrados.
Esta carta no implica ninguna sanciĆ³n. Para solucionarlo, los destinatarios de la misiva pueden realizar una declaraciĆ³n complementaria, aceptando los datos diferentes que Hacienda le estĆ” comunicando.
Si no estĆ”n de acuerdo con ese ajuste y creen que no han cometido ningĆŗn error, pueden reafirmarse en su posiciĆ³n. Pero esto puede llevar a entrar en conflicto con Hacienda, es decir, que se haga una revisiĆ³n mĆ”s en detalle de la declaraciĆ³n presentada, que podrĆa tener otras consecuencias si se detectaran mĆ”s errores.
Otras notificaciones de Hacienda
Algunas de las cartas mƔs comunes que puede enviar la Agencia Tributaria son las siguientes:
- Requerimientos: solicitan informaciĆ³n adicional o aclaraciones sobre algunos aspectos especĆficos de la declaraciĆ³n.
- Propuestas de liquidaciĆ³n: informan al contribuyente que se ha realizado un cĆ”lculo diferente en su declaraciĆ³n y proponen una nueva cantidad a pagar.
- Resoluciones de procedimiento: explican decisiones tomadas por Hacienda sobre casos especĆficos, que pueden incluir sanciones.
- Providencias de apremio: advierten que existen deudas impagadas e informan de las acciones que se tomarƔn para su cobro.
- Diligencias de embargo: informan sobre el inicio de embargo de bienes o cuentas bancarias para saldar las deudas pendientes.
- Inicios de investigaciĆ³n o inspecciĆ³n: avisan sobre la apertura de un proceso de revisiĆ³n en profundidad de la situaciĆ³n fiscal del contribuyente.
- Expedientes sancionadores: informan sobre las multas o sanciones interpuestas derivadas de incumplimientos tributarios.
CĆ³mo actuar si se recibe una carta de Hacienda
Una vez el contribuyente ha recibido una de estas cartas de la Agencia Tributaria, lo que no tiene que hacer nunca es ignorarlas. No recoger las cartas no exime de las responsabilidades fiscales y puede conllevar sanciones.
El plazo para responder a las comunicaciones de Hacienda es, en la mayorĆa de casos, de 10 dĆas hĆ”biles. Si no se responde, se pueden aplicar recargos de entre el 5 y el 20% sobre el dinero que se deba, si la carta tiene que ver con deudas impagadas.