El documento clave que debe ser presentado antes del 1 de noviembre para cobrar el paro
La reforma del subsidio por desempleo introduce algunas novedades
La reforma del subsidio por desempleo, que incluye cambios en el paro, acometida por el Gobierno hace algunos meses introduce varias novedades a la hora de solicitar las ayudas. A través de estos cambios, el Ejecutivo se proponía simplificar el funcionamiento del sistema para las personas más vulnerables y con peores condiciones de empleabilidad.
A pesar de que, con carácter general, la norma entrará en vigor en noviembre de este año, el nuevo régimen de compatibilidades entre empleo y ayudas por desempleo se aplicará el 1 de abril de 2025.
Reforma del subsidio por desempleo
Uno de los principales puntos de la reforma es el incremento del número de beneficiarios del subsidio por desempleo, que se amplía a:
- Menores de 45 años sin responsabilidades familiares
- Trabajadores agrarios eventuales
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
- Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual
También conlleva un incremento en la cuantía de 90 euros. Mientras que durante los primeros seis meses se cobra el 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que equivale a 570 euros, en los seis meses siguientes se percibe el 90%, es decir, 540 euros.
El resto del periodo, los beneficiarios ingresan el 80% del indicador, lo que se cifra en 480 euros mensuales, tal y como desgrana la Seguridad Social en su página web.
La reforma del subsidio por desempleo, asimismo, hace compatible el empleo y las ayudas por desempleo y permite acumular el permiso de lactancia como derecho.
Qué documento se debe presentar
Para cobrar el subsidio por desempleo o la Renta Activa de Inserción (RAI) será necesario acreditar ante el servicio público de empleo autonómico que se han realizado acciones para buscar un puesto de trabajo, lo que implica la presentación del certificado de búsqueda activa de empleo (BAE).
Las acciones que conducen a la obtención del documento son las que figuran a continuación:
- Trabajo por cuenta propia o ajena.
- Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
- Envío o presentación de currículos en, al menos, tres empresas distintas.
- Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
- Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
- Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
- Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y emprendimiento, ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.