La DGT lo tiene claro: esto es lo que dice sobre reservar el aparcamiento
Es frecuente ver a un peatón ocupando una plaza mientras llega un coche, sobre todo en calles densamente pobladas
Aparcar en zonas urbanas puede ser una tarea difícil, sobre todo en las zonas con mayor población. Por ello, una práctica común es que un ocupante se baje del vehículo a reservar una plaza mientras espera a que el coche de la vuelta y se estacione en este lugar.
Pero, ¿está permitida esta acción? La normativa de la DGT indica que las vías públicas están destinadas a la circulación de vehículos y peatones, y que cada grupo tiene sus propios derechos y deberes, por lo que permanecer en la calzada puede resultar en una sanción, ya que se está interferiendo en la circulación ordinaria.
Según la Ley de Seguridad Vial, el peatón no puede detenerse en el arcén ni la calzada mientras exista un espacio adecuado para este en la vía, por lo que no respetar esta norma supondría una multa de 80 euros.
Otra ocasión de multa es cuando un coche aparca en dos plazas a la vez, impidiendo a otros autos estacionarse.
En este caso, la sanción se incrementa hasta los 200 euros e incluso puede acudir una grúa para llevarse al coche.
La DGT recomienda a los conductores buscar plazas de aparcamiento respetando la normativa de circulación y, en caso de observar la situación de un viandante «guardando sitio», reportarlo a la policía de inmediato.