La DGT endurece las multas por exceso de velocidad con estos nuevos límites
La herramienta ofrece varios datos a los conductores. Foto: Carlos Luján / Europa Press
Los radares son por excelencia la forma en que se mide la velocidad de los vehículos en carretera en España. Estos dispositivos, que pueden ser móviles, fijos o de tramo, utilizan ondas de radio para su función.
Estos aparatos tienen un margen de error a la hora captar la velocidad, por lo que salta siempre por encima del límite de velocidad.
Usualmente, los radares se guiaban por la regla del 5 y 7: cuando el coche no supera los 100 km/h, el margen para que salte es de +5 km/h en los radares fijos y +7 km/h en los móviles. Si la velocidad es mayor a 100 km/h, los radares saltan por porcentajes (+5 y +7%), respectivamente.
Pero con la última normativa ministerial, entra en vigor la regla del 3 y el 5, con lo que ahora el margen a menos de 100 km/h es de +3 km/h para radares fijos y +5km/h para móviles, al igual que el margen en las carreteras a más de 100 km/h es de +3% (fijos) y +5% (móviles).
Si se supera el límite de 120 km/h de autovías, el radar ahora saltará a partir de los 125 km/h en los radares fijos y 128 km/h en los radares móviles, lo que supondrá una respectiva multa.
Recuerda que las sanciones por exceso de velocidad van desde los 100 hasta los 600 euros con pérdidas de hasta 6 puntos, y pueden ser consideradas infracciones grave, muy grave y delito.