La DGT impone multas de hasta 1.000 euros por esta práctica tan común
Los conductores deben mantenerse alerta para evitar ser sancionados
Superar la velocidad permitida en la vía o conducir bajo los efectos del alcohol son algunos de los comportamientos más habituales por los que la Dirección General de Tráfico (DGT) puede interponer una sanción a un conductor.
Sin embargo, existen una multitud de infracciones menos conocidas que también pueden comportar el pago de una multa, tal y como apunta el organismo público en su página web.
Tipos de infracciones
La DGT concreta que existen distintos tipos de infracciones que, en función de su gravedad pueden comportar una sanción económica o, incluso, la pérdida de puntos del carnet de conducir.
Entre las más habituales, figuran las siguientes infracciones:
- Circulación: falta de señalización de maniobras, exceso de velocidad, no respetar la prioridad de paso, usar el móvil, saltarse un semáforo, circular sin luces, entre otras.
- Alcohol y drogas: conducir bajo los efectos del alcohol.
y las drogas. - Autorizaciones de circulación: circular sin el permiso o la autorización necesaria para conducir el vehículo o hacerlo con dicho permiso caducado.
- Condición técnica del vehículo: circular con la ITV caducada o con alguna modificación del vehículo no homologada.
- Seguro: circular sin tener el seguro obligatorio al día.
Multas de hasta 1.000 euros
No obstante, existen algunas infracciones menos conocidas que pueden comportar el desembolso de hasta 1.000 euros. Una de ellas es la de conducir un vehículo con un cartel anunciando su venta.
Algunos municipios, que también cuentan con la posibilidad de interponer sanciones, consideran estos vehículos como un tipo más de venta ambulante, lo que puede conllevar la interposición de la multa.
Por ello, antes de colocar este tipo de avisos es fundamental comprobar que no esté penalizado en las ordenanzas municipales de la localidad en la que se resida o en la que se vaya a dejar aparcado.