Confirmado: la DGT no multará por llevar esto en el coche

El organismo público desmiente un bulo que se ha extendido por las redes sociales

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Recientemente, ha corrido como la pólvora la advertencia de que la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene intención de sancionar a los conductores que utilicen soportes con ventosa para sujetar el teléfono móvil mientras conducen.

Sin embargo, se trata de un bulo. Tal y como se desprende de la Ley Sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en ningún artículo se especifica esta consideración. Además, el organismo público no ha emitido ninguna comunicación al respecto.

Qué soportes se pueden utilizar

Los conductores pueden utilizar cualquier soporte que no incumpla ninguna norma del Reglamento General de Circulación y que no suponga una distracción.

Un soporte de móvil de Amazon. DGT. Foto: Amazon.
Los soportes con ventosa se pueden utilizar si no limitan la visibilidad. Foto: Amazon.

Por ejemplo, los soportes con ventosa se pueden utilizar siempre y cuando no limiten la visibilidad durante la conducción, por lo que deben colocarse en una zona que no impida ver los demás vehículos de la vía.

Los soportes que se colocan bajo la línea de visión del parabrisas y que se sujetan con unos imanes o directamente van anclados a las rejillas de ventilación son los más recomendables porque quitan menos visibilidad.

Multas por usar el móvil

El uso de teléfonos móviles y otros dispositivos está penado con una sanción de 200 euros y la retirada de entre tres y seis puntos. Concretamente, la DGT sanciona estos comportamientos al volante:

  • El uso de un móvil sin manos libres
  • Leer o enviar mensajes
  • Utilizar auriculares
  • El uso manual de navegadores u otros dispositivos electrónicos
  • Conducir sujetando el móvil

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