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La reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), establecida en el Real Decreto 87/2025, ha generado diversas incidencias en la percepción de los salarios de algunos trabajadores. Desde el 1 de enero de 2025, la cuantía mensual ha aumentado de 1.134 euros a 1.184 euros, lo que supone un incremento de 50 euros mensuales. Sin embargo, aunque la norma establece que esta subida tiene carácter retroactivo, algunos empleados han detectado que sus nóminas no reflejan los atrasos correspondientes al mes de enero.
Este concepto adicional, que oscila entre 50 y 58,33 euros brutos, según si el salario se percibe en 12 o 14 pagas, debería haber sido abonado junto con la nómina de febrero o, en su defecto, en la de marzo. No obstante, muchos trabajadores han observado irregularidades y no han recibido el ingreso correspondiente.
Absorción de complementos: una práctica legal pero controvertida
Uno de los principales motivos por los que algunos empleados no notan el aumento en su salario es la absorción de complementos salariales. Este mecanismo, reconocido por el Tribunal Supremo, permite que las empresas compensen la subida del SMI con los pluses que ya percibe el trabajador, como los de antigüedad, nocturnidad o peligrosidad. Como consecuencia, la nómina final puede mantenerse sin cambios visibles para el empleado.
A pesar de que esta práctica es legal según el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, ha sido duramente criticada por los sindicatos, quienes consideran que desvirtúa el objetivo de la subida del SMI. No obstante, la absorción de complementos no puede aplicarse si el convenio colectivo no lo permite o si los complementos no son absorbibles.
Derechos de los trabajadores y pasos para reclamar
Si un trabajador no ha recibido el incremento correspondiente ni los atrasos por la subida del SMI, dispone de un plazo de un año para exigir su pago. Los expertos en derecho laboral recomiendan revisar detenidamente la nómina y, en caso de detectar irregularidades, tomar las siguientes medidas:
- Contactar con la empresa: El primer paso es comunicar la incidencia al departamento de recursos humanos o a la dirección de la empresa.
- Formalizar la reclamación: Si la empresa no responde o no soluciona el problema, se recomienda enviar un burofax para dejar constancia oficial de la reclamación.
- Acudir a la Inspección de Trabajo: Si la situación no se resuelve, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Demanda en los Juzgados de lo Social: Como último recurso, se puede interponer una demanda judicial para exigir el pago.
Es importante destacar que si un trabajador es despedido por reclamar el pago de los atrasos, dicho despido podría ser declarado nulo en sede judicial. Esto significaría que la empresa estaría obligada a reincorporarlo a su puesto y abonarle los salarios dejados de percibir.
Garantizar el cumplimiento de la ley
Los abogados laboralistas enfatizan que la subida del SMI no es una concesión de las empresas, sino un derecho de los trabajadores reconocido por la legislación. La aplicación de esta medida debería garantizarse de forma automática y transparente, sin que los empleados tengan que reclamar individualmente lo que les corresponde.
Ante esta situación, los sindicatos han instado a los trabajadores a permanecer atentos a sus nóminas y a actuar con rapidez en caso de irregularidades. La Inspección de Trabajo también ha recordado que las empresas que no cumplan con la obligación de actualizar los salarios podrán enfrentarse a sanciones económicas.
En definitiva, la reciente subida del SMI es un avance importante para mejorar las condiciones salariales, pero su correcta aplicación sigue generando dudas y conflictos. Revisar la nómina y exigir el cumplimiento de la ley es clave para que todos los trabajadores reciban lo que les corresponde por derecho.