Estas reformas están totalmente prohibidas en las comunidades de vecinos
Hay una serie de obras y trabajos que no se pueden realizar sin consentimiento de los propietarios, y otras que están prohibidas por la ley
No todo vale en una comunidad de vecinos. Es cierto que los edificios periódicamente tienen que realizar obras de mantenimiento, pero al momento de encarar trabajos en las áreas comunes como en los apartamentos hay que saber qué está permitido y qué no en la ley.
Cabe aclarar que si bien las obras suelen ser molestas entre el ruido, el polvillo, las vibraciones y los materiales acumulados, la Ley de Propiedad Horizontal puntualiza en su artículo 9 que ningún vecino se puede negar a contribuir económicamente con las obras que se deciden en la Comunidad de Vecinos, así como tampoco luego puede entorpecer los trabajos en marcha.
Por otra parte, cualquier propietario tiene libertad para realizar las obras que considere puertas adentro de su apartamento, pero estas deben respetar la seguridad de la estructura del edificio.
Las obras prohibidas en los pisos
O sea, tienen prohibido derribar paredes, muros y techos que pueden alterar la infraestructura del inmueble, y porque son elementos edilicios que pertenecen a toda la comunidad.
Los propietarios no pueden realizar obras que afecten a la infraestructura general del edificio
Tampoco están permitidos los trabajos que afecten a la fachada, sobre todo si está protegida como un inmueble de valor histórico. Es más, en este caso ni siquiera la Comunidad de Vecinos está autorizada a realizar cambios en el frente del edificio.
Los típicos conflictos entre vecinos
Hay un punto conflictivo por su ambigüedad que es cuándo las obras en la propiedad de un vecino pueden perjudicar a los otros ocupantes del edificio
Según Timbrit, un ejemplo puede ser que el dueño de un ático instale celosías para tener más privacidad, pero eso impide a los vecinos que tienen derecho a la zona común aprovechar las vistas desde la azotea.
En estos casos, si hay falta de acuerdo entre el propietario y la comunidad, el tema se termina resolviendo por la vía judicial.
Una reforma no autorizada
Un ejemplo reciente de lo que puede suceder cuando no hay acuerdo ni mucho menos diálogo en una comunidad de vecinos es el reciente fallo de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a un vecino del último puso que reformó la buhardilla del edificio para incorporarla a su vivienda.
Esta obra, por supuesto, no tenía el consentimiento de la junta, que lo denunció no solo por ocupar el espacio sino porque consideraron que las obras afectaban a elementos de la construcción como bajantes, forjados, pares, fachada o muros de carga. Incluso varios informes técnicos coincidían que la estabilidad del edificio no estaba asegurada tras las obras.
La mirilla de la discordia
Otro caso curioso se conoció la semana pasada, cuando la Agencia Española de Protección de Datos multó con 300 euros a un vecino que instaló una mirilla digital en su puerta.
El dispositivo se instaló sin el visto bueno de la Comunidad de Propietarios, que protestó porque la mirilla capturaba no solo la entrada del vecino sino toda el área común del portal.
Cabe recordar que las imágenes que capturan estas mirillas digitales -como cualquier cámara de vigilancia- son datos personales que están encuadrados por estrictas regulaciones de privacidad.
En este caso, precisa la Agencia, se violó la ley porque no hubo ni consentimiento ni una obligación legal que justificara instalar este dispositivo.
Además, la instalación de cámaras en un edificio siempre requiere que al menos el 60% de los propietarios den su aprobación, tal como lo especifica la Ley de Propiedad Horizontal.