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La patronal de CBRE y JLL advierte que la supresión de las Socimis pone en riesgo 15.000 millones de inversión
La Asociación de Consultoras Inmobiliarias alerta de la pérdida de 15.000 millones de euros en inversión si finalmente se acuerda la subida de impuestos a las Socimis.
La reforma fiscal propuesta por el PSOE y Sumar pondrá en riesgo operaciones inmobiliarias por valor de 15.000 millones de euros, según la Asociación de Consultoras Inmobiliarias (ACI).
Las principales consultoras (CBRE, JLL, BNP Paribas, etc.) afirman que «los planes del Gobierno y sus socios parlamentarios respecto a las Socimi representarían un retroceso en la competitividad respecto al resto de países europeos y agravarían los problemas que ya existen en el mercado. El papel de las Socimis es dinamizar el mercado inmobiliario, ya que atraen inversión nacional y extranjera».
El número de viviendas en alquiler de las Socimi en España es un porcentaje mínimo, y añaden que, la repercusión de esta modalidad en la fiscalidad tendrá un impacto insignificante.
Ricardo Martí-Fluxá, presidente de ACI, asegura: «creemos que el Gobierno debe reconsiderar este cambio en el sistema tributario para no poner en jaque un camino de años y de éxito en el progreso de las Socimi. Esta decisión podría llevar a que estas sociedades busquen otros destinos fuera de España donde cotizar y promover nuevos activos».
La Asociación recomienda al Gobierno, entre otras medidas, la implantación de avales y garantías públicas para la compra de vivienda, incentivos fiscales como reducción del IVA y bonificaciones en el IRPF tanto para la compra como al alquiler.
¿Cuál es la propuesta del Gobierno contra las Socimis?
Los partidos del Gobierno, PSOE y Sumar, están evaluando cambios en el régimen fiscal que actualmente beneficia a las Socimis.
Este plan busca aumentar la contribución fiscal de estas sociedades, con el objetivo de reducir la especulación inmobiliaria y aumentar los ingresos públicos para financiar otras prioridades de vivienda.
Entre las medidas clave está limitar los beneficios fiscales de las Socimis y otros vehículos de inversión inmobiliaria, que hasta ahora han disfrutado de bonificaciones significativas en impuestos como el de Sociedades y el de Transmisiones Patrimoniales.
Se ha sugerido un incremento de la fiscalidad sobre los dividendos que estas empresas distribuyen, que actualmente gozan de ventajas frente a las rentas del trabajo.
El Gobierno pretende igualar el tratamiento impositivo de las Socimis y el alquiler vacacional con el de sectores tradicionales, como los hoteles, subiendo el IVA de los alquileres turísticos al 21%.
Esta última medida tiene el objetivo de moderar los precios de la vivienda, particularmente en las zonas más afectadas por el aumento de precios debido al auge de alquileres turísticos y propiedades gestionadas por grandes inversores inmobiliarios.
¿Cuál es el régimen actual de las Socimi?
El atractivo de las Socimis comienza con una exención del Impuesto de Sociedades en la mayoría de sus beneficios, lo cual es prácticamente único en el marco fiscal español.
Esto significa que las Socimis, en lugar de pagar el 25% sobre sus beneficios como el resto de las empresas, gozan de una exención que les permite operar prácticamente sin carga fiscal directa sobre sus ingresos, siempre y cuando cumplan con una serie de condiciones.
Este beneficio ha convertido a las Socimis en un vehículo de inversión con un potencial de rentabilidad muy elevado.
No obstante, el régimen especial de las Socimis no está exento de ciertas obligaciones.
Para garantizar que los beneficios de estas sociedades lleguen a los accionistas, las Socimis están obligadas a distribuir al menos el 80% de los beneficios generados por el alquiler de inmuebles y el 100% de las ganancias de capital obtenidas por la venta de propiedades, siempre que estas hayan estado en su cartera al menos tres años.
Los dividendos generados por las Socimis no están exentos de impuestos para sus accionistas.
Las personas físicas deben tributar por ellos a través del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), mientras que las personas jurídicas, como otras empresas, lo hacen en su Impuesto de Sociedades.