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Fergo reclama en los tribunales 46 millones a la Xunta por un parque eólico que anuló el Supremo
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia admite a trámite el recurso interpuesto por la compañía que solicita una indemnización por daños y perjuicios a la administración autonómica por la paralización del parque de Oribio
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por Fergo Galicia Vento contra la Xunta, a la que reclama casi 46 millones de euros por daños y perjuicios por la anulación de un parque eólico por parte del Supremo.
La demandante entiende que debe reclamar los daños y perjuicios causados por la nulidad judicial de la autorización que le concedió el Gobierno autonómico para ejecutar el proyecto del parque eólico Serra do Oribio, situado entre los municipios lugueses de Triacastela y Samos. Esa nulidad es firme, pues el Tribunal Supremo ratificó la sentencia emitida por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG sobre el parque eólico.
Reclamación a la Xunta sin respuesta
El 21 de septiembre de 2023 la empresa presentó ante la Xunta una reclamación de responsabilidad patrimonial, en la que solicitó una indemnización de 10.131.317 euros, en concepto de daño emergente o pérdida patrimonial, y de 35.656.963 euros como lucro cesante, es decir, por la ganancia que ha dejado de obtener.
Al no responder la Xunta a esa reclamación, Fergo Galicia Vento S.L. ha presentado un recurso contencioso-administrativo por los trámites del procedimiento ordinario ante el TSXG, el cual ha sido incoado.
El alto tribunal gallego, tal y como se requiere en este tipo de asuntos, ha solicitado el expediente a la Xunta, a la que también ha dado traslado del recurso de reclamación patrimonial por silencio administrativo interpuesto por la empresa.
Paralizaciones cautelares
Uno de los argumentos que los magistrados de la sección tercera de lo Contencioso-administrativo esgrimen en autos en los que están ordenando paralizar, de forma cautelar, algunas de las autorizaciones otorgadas por la Xunta para construir parques eólicos en la comunidad es el hecho de que consideran que la paralización temporal de esas construcciones es «un mal menor», precisa el TSXG
En comparación, sostiene, «con el coste económico que para las arcas públicas de la Xunta tendría la construcción de las instalaciones si posteriormente se declarara su ilegalidad, ya que podría implicar el deber de demolición (a costa de la administración autorizante) y de indemnización al promotor que construyó de buena fe amparado en título administrativo». Por ello, en esos autos, desde el punto de vista económico, los jueces del TSXG, en la ponderación de los intereses públicos y los particulares de las empresas se decanta por la prevalencia de los primeros.
Más suspensiones eólicas
Los magistrados de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG han emitido nuevos autos en los que han acordado la suspensión de las autorizaciones otorgadas por la Xunta de Galicia para los proyectos de cuatro parques eólicos — Maxal, Serra do Colmo, Uxo y Castro Valente — y otros dos autos en los que han desestimado la medida cautelar interesada referente a los parques eólicos Monte do Cordal y Seselle.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha notificado hasta el momento 56 autos en los que decide sobre las solicitudes de suspensiones cautelares de autorizaciones administrativas y de construcción de 35 parques eólicos, de los cuales 31 han sido estimatorios.
Son los de Ventumelo, Porto Vidros, Banzas, Monte Neme, Zamorra, Touriñán II, Felga, Rodeira, O Cerqueiral, Chao do Marco, Monte Peón, As Encrobas, Pico Seco, Serra do Faro Ampliación II, As Penizas, Figueiras, Reboiro, Alto da Telleira, Troitomil, Outeiro Grande, Rodicio II, Alto de Montouto, Meirama, Monte da Croa, Gato, Cunca, Serra do Farelo, Maxal, Serra do Colmo, Uxo y Castro Valente; y el resto (4), desestimatorios: Vilartoxo, Neboada, Monte do Cordal y Seselle.