El TSXG tumba la solicitud para frenar la actividad de la balsa de lodos de Alcoa

La Asociación Petón do Lobo solicitaba la paralización de la actividad en la balsa de lodos rojos y del incremento del dique de cola mientras no se regularice su situación y se actualice su Plan de Emergencia Exterior

Vista área de la balsa de lodos de la factoría de Alcoa en San Cibrao

Vista área de la balsa de lodos de la factoría de Alcoa en San Cibrao, Cervo (Lugo) – ALCOA – Archivo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la solicitud cautelar formulada por la Asociación Petón do Lobo para paralizar la actividad en la balsa de lodos rojos de Alcoa, ubicada en el concello lucense de Xove, y del incremento del dique de cola mientras no se regularice su situación y actualice su Plan de Emergencia Exterior. 

Los magistrados de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo señalan en el auto que «una desconexión importante entre la petición cautelar y lo que puede considerarse objeto del recurso». 

En este sentido, la Sala considera que la balsa de lodos rojos que llevará, en caso de ser autorizado, a un recrecimiento del depósito hasta la cota 104 metros, «pero no impide que exista ya, y antes de que se hubiera formulado el trámite de información pública por la recurrente y ahora su recurso ante la Sala, una autorización para la instalación no extendida, que permitiría alcanzar la cota 100». 

«No concurre inactividad de la Xunta»

El TSXG también señala que no concurre inactividad de la Xunta al no haberse demostrado «por una parte, que se ha autorizado el recrecido hasta esa cota (+104), es decir, que ya consta autorización al proyecto de ampliación; y, por otra, que se ha permitido el desarrollo de esa actividad autorizada sin aplicar la administración autorizante los oportunos controles de la misma, en el ejercicio de sus obligaciones».

Por otro lado, los magistrados entienden que «difícilmente se puede hablar de una verdadera inactividad de la Administración porque no se ha demostrado, siquiera indiciariamente, una verdadera falta de control en el desarrollo de la actividad de la balsa de lodos rojos, la que ya está autorizada (a cota +100)».

Con todo ello, el Alto Tribunal gallego entiende probado que “la paralización cautelar (que se pide genéricamente, en forma completa) de la actividad asociada a esa balsa supondría que dejara de funcionar, de tener actividad, todo el complejo; a pesar de constar su autorización, al menos por el momento».

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Redacción ED Galicia

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