Lactalis canta ‘bingo’ en la Audiencia Nacional y se ahorra millones en impuestos
La Sala de lo Contencioso admite un recurso de Lactalis y da la razón a la compañía láctea frente una resolución de Hacienda sobre la liquidación del Impuesto de Sociedades de un año, por un importe de 1,7 millones
Lactalis Puleva se mueve con soltura por los pasillos de la Audiencia Nacional. La multinacional francesa encajó en febrero del año pasado, junto a Nestlé y Pascual, un total de 27 millones en multas. La propia Audiencia Nacional validó entonces que algunas de las principales industrias lácteas que operan en España formaron cártel para controlar el precio que pagaban a los ganaderos. Hace cuestión de unas semanas, Lactalis se convirtió en la primera industria que lleva al Supremo la multa por el cártel de la leche. Ahora, otras batallas, como las que tienen que ver con cuestiones fiscales, dan ya alegrías a la compañía gala.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional acaba de estimar un recurso interpuesto por Grupo Lactalis Iberia contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de octubre de 2018, la cual anulan por no ser ajustada a Derecho. La sentencia, del pasado mes de junio, tiene su origen en la desestimación de un recurso previo interpuesto contra el acuerdo de liquidación relativo al Impuesto de Sociedades del ejercicio 2009. En juego había unos 1,7 millones de euros, que es la cuantía del caso.
Un grupo dominante en Galicia
Lactalis es un actor determinante en el mercado gallego, además. Concentra el 70% de sus ganaderos y un tercio del empleo industrial en Galicia, es el grupo que más leche recoge en la comunidad gallega e invirtió el año pasado más de cinco millones en las plantas de Vilalba y Nadela. Toda una credencial.
En el lío por el pago de impuestos, la Sala de lo Contencioso Administrativo aclara en su fallo que, en relación con el mismo procedimiento inspector, si bien relativos a otros ejercicios ha dictado sendas sentencias, “cuyo criterio debe ser mantenido por razones de coherencia y seguridad jurídica”.
Deducciones y valoraciones
Todo un catálogo de asuntos inquietaba a los abogados de Lactalis, a decir por la sentencia, y armaron un recurso con muchos mimbres. Por ejemplo, entre otros motivos de impugnación se encontraba la prescripción por extralimitación del plazo máximo de duración del procedimiento inspector y la falta de incoación del acta independiente por ajuste de operaciones vinculadas. También abordaba el recurso la falta de notificación del derecho a tasación pericial contradictoria.
Otros asuntos en los que Lactalis estaba en contra de la posición de los inspectores, según consta en la sentencia, eran la deducibilidad de las cuotas de IVA correspondiente a las entregas al banco de Alimentos y deducción en la cuota por donativos, así como el deterioro de terrenos en la adquisición de Industrias Lácteas Peñafiel por aplicación del principio de integra regularización. Tampoco estaba de acuerdo en las deducciones individuales de Puleva Food pendientes de aplicación al incorporarse en el ejercicio 2011 y consideraba incorrecto el cálculo de las deducciones derivadas de la participación en acontecimientos de excepcional interés público.
El recurso de Lactalis, en síntesis, se estima por parte de la sala con el mismo alcance que en las sentencias anteriores, y los magistrados no hacen especial pronunciamiento al pago de costas procesales.