La quebrada Isidro de la Cal resucita en los juzgados con demandas contra el cártel de camiones

Una filial del grupo, cuyos activos acabaron en manos de Profand, litiga en los juzgados por siete camiones que adquirió a DAF durante el periodo en el que operó el cártel de fabricantes

Vehículos de DAF / DAF Trucks

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Como sucediera con Arias Infraestructuras, también Isidro de la Cal libra batallas judiciales después de la quiebra. La compañía coruñesa, cuya planta del Polígono Espíritu Santo acabó en manos de Profand, es una de las afectadas por las operaciones del llamado cártel de camiones, que igual que sucedió con el de coches y, previsiblemente, sucederá con el lácteo, ha provocado una cascada de demandas de los clientes en busca de indemnizaciones.

MANDAFRenault/VolvoIveco y Daimler Mercedes fueron sancionados en 2016 por la Comisión Europea por participar en acuerdos colusorios sobre fijación de precios y sobre el calendario de repercusión de los costes para la introducción de las tecnologías sobre emisiones exigidas en los nuevos estándares europeos (Euro 3 a 6). Estos intercambios de información se produjeron durante 14 años, entre 1997 y 2011, y el correctivo de Bruselas abrió la puerta a las reclamaciones de los clientes que habían comprado vehículos en ese periodo.

La Audiencia condena a DAF

Cortizo, Rodonita, Exlabesa, Coren, Valtalia, Maderas Villapol o Arias Infraestructuras son algunas de las empresas gallegas que han presentado demandas. También una filial de la quebrada Isidro de la Cal. Cultivos Piscícolas de Galicia, la antigua Isidro de la Cal Fresco, adquirió siete camiones a DAF entre agosto de 1998 y diciembre de 2006 (dos de manera directa y cinco bajo leasing), por lo que reclama una compensación por el sobreprecio que, teóricamente, pagó por cada vehículo, además de los intereses de demora.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña dio la razón a la empresa gallega, pero ésta recurrió para elevar las indemnizaciones ante la Audiencia Provincial. DAF, por su parte, también recurrió, pero en el sentido de anularlas. Los magistrados estiman parcialmente el recurso de la empresa gallega y fijan unas indemnizaciones por sobreprecio que van de un 4,48% en los camiones que fueron adquiridos en fecha más temprana (1998) al 14,46% en el último (año 2006). En conjunto, DAF tendrá que retornar cerca de 50.000 euros además de «los intereses devengados al tipo del legal del dinero de cada anualidad hasta el completo abono». La sentencia, del pasado diciembre, se puede recurrir ante el Supremo.

Los daños del cártel

Huelga decir, por tanto, que la Audiencia Provincial rechaza los argumentos del fabricante y también los del informe pericial de KPMG. De hecho, los magistrados se pronuncian con contundencia sobre los efectos del cártel en el mercado.

«En realidad, afirmar que un cártel como el descrito en la decisión ha ocasionado, en general, un daño por sobreprecio a los compradores de los productos cartelizados es la única conclusión posible frente a una afirmación alternativa, como la que en definitiva defiende el informe KPMG aportado con la contestación, que es irracional e inaceptable; porque, efectivamente, no es razonable sostener la irrelevancia o inocuidad para los compradores de una actuación concertada durante años entre las empresas que controlan la fabricación y el mercado de camiones en el espacio europeo, una actuación clandestina y conocidamente ilícita que implicaba para las participantes la asunción consciente de un elevadísimo riesgo reputacional y económico -en sanciones y resarcimiento- que sus administradores ejecutivos estuvieron dispuestos a correr, sin duda porque valoraron que los compensaban los mayores beneficios que, a costa de los clientes, la colusión les reportaba», dice el fallo.

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