Así pelea Inditex por la marca Zara: 11 años en los tribunales para una indemnización de 2.000 euros

El gigante textil demandó a la sociedad italiana Buongiorno Myalert por utilizar, sin su consentimiento, el nombre y el logo de su marca insignia para promocionar un sorteo publicitario

La tienda online de Zara de ropa de segunda mano llegará a España en el segundo trimestre

Tienda de Zara. – EUROPA PRESS – Archivo

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Punto final a más de una década de litigios entre Inditex y la sociedad Buongiorno Myalert por el utilizar la imagen de Zara. La sala de lo civil del Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado 10 de abril, considera que el uso de la firma italiana de la marca estrella de la multinacional gallega “infringió el derecho exclusivo que Inditex” tiene sobre la ella y le condena a pagar una indemnización de 2.215,60 euros. Un nuevo ejemplo del celo con el que el gigante textil protege el uso de sus marcas.

Los hechos se remontan al 2010 cuando desde Buongiorno, propietaria de páginas web en las que ofrecía servicios y descargas de contenidos de entretenimiento a través de sus servicios WAP y servicios SMS para teléfonos móviles, organizaron un sorteo como parte de una campaña de publicidad en la que regalaban 1.000 euros. Para participar en él los usuarios deberían registrarse en una suscripción de pago y mantenerla, al menos, durante 30 días. 

«Club Blinko suscríbete y participa ahora en este fantástico sorteo y llévate 1.000 euros en efectivo. Me gustaría gastarlos así: 1.000 euros Zara tarjeta regalo. Tu número de móvil para poder obtener tu tarjeta» era el texto promocional asociado al sorteo. 

Además de ello, en la pantalla que se mostraba tras hacer click en el banner publicitario, según destaca el Supremo, “el signo Zara aparecía en todos los casos destacado y enmarcado en un rectángulo, evocando el formato de las tarjetas habitualmente emitidas por bancos, grandes almacenes y otras entidades con fines comerciales”. 

Primeros intentos de poner fin al conflicto

En noviembre del mismo año Inditex envía un requerimiento formal a la empresa italiana para que “cesara en el empleo de su marca en estas campañas promocionales” y le anunció que iba a reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados. Buongiorno respondió negando que estuviese infringiendo los derechos de la multinacional, si bien comunicó que había retirado las campañas. 

Tres años después, Inditex presentó una demanda contra la empresa al entender que se habían infringido los derechos exclusivos de la marca “por riesgo de confusión, por aprovechamiento del renombre de marca y por perjuicio de dicho carácter renombrado”. El primer pulso judicial no fue favorable para la multinacional de Amancio Ortega, ya que las pretensiones de la compañía fueron desestimadas tanto en primera como en segunda instancia.

Interpretación del TJUE

Es en 2021 cuando el caso llega al Supremo, que formula una cuestión prejudicial al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea para aclarar el sentido en el que deben interpretarse las últimas directivas europeas en materia de marcas. 

Según el TJUE el uso de marcas por parte de terceros tendrá la consideración de lícito siempre y cuando se realice “conforme a las prácticas leales en materia industrial o comercial, a efectos de designar productos o servicios como correspondientes al titular de esa marca o de hacer referencia a los mismos solamente cuando tal uso de la marca sea necesario para indicar el destino de un producto comercializado o un servicio ofrecido por ese tercero”. 

Con todo ello, el Supremo considera que la sociedad italiana hizo un aprovechamiento indebido del carácter distintivo o de la notoriedad de la marca ya que “la mención que hace de que uno de los premios del sorteo es una tarjeta regalo de Zara, conlleva una transferencia ilícita (no consentida) de la imagen de la marca o de las características proyectadas por ésta hacia los productos que la demandada publicita. Es una forma a través de la cual la demandada se aprovecha del renombre de la marca, de su poder de atracción, reputación y prestigio”. 

Además del pago de la indemnización el Alto Tribunal condenan a Buongiorno Myalert a no reanudar en el futuro las actividades que se han declarado infractoras así como a la publicación en la página de inicio de los sitios web blinko.es y blinkogold.es de una nota que extracte el fallo de la sentencia. 

Caso ‘Zara dental’

No es el único periplo judicial que han tenido desde Inditex en los últimos años para defender la exclusividad de sus marcas. Durante años también se vio las caras en los tribunales con una clínica odontológica de Terrasa que registró la marca Clínica Zara Dental.  La firma dental empleaba una estética muy similar en su logotipo en cuanto a la tipología de la letra y a los colores, lo que inducía a error entre los clientes, que podían llegar a pensar que Inditex estaba detrás de este proyecto empresarial. 

En este caso fue también el Supremo el que puso fin a un recorrido judicial de cinco años dando la razón al gigante textil al reconocer su derecho a “impedir que terceros utilicen, sin su consentimiento, signos idénticos o semejantes para productos o servicios idénticos, sino también para productos o servicios que no sean similares a aquellos para los que esté registrada la marca”.

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