Alsa sigue los pasos de Pharma Mar y vence a Yolanda Díaz en los tribunales por su plan de igualdad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la resolución de la ministra de Trabajo y obliga el plan de igualdad del grupo de transportes, que se acordó sin participación de los sindicatos

El director general de Alsa, Víctor López, durante la presentación de dos nuevos autobuses eléctricos de la compañía en Cantabria / Alsa

El director general de Alsa, Víctor López, durante la presentación de dos nuevos autobuses eléctricos de la compañía en Cantabria / Alsa

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Alsa ha ganado la pugna al Ministerio de Trabajo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado el visto bueno a su plan de igualdad, que había sido rechazado en primer término por la Dirección General de Trabajo el pasado mayo y, posteriormente, por resolución de la ministra Yolanda Díaz en respuesta al recurso de alzada planteado por el grupo de transportes. Frente a esta resolución, Alsa, la compañía expedientada por la Comisión Galega da Competencia por un presunto cártel con Monbus, acudió a los tribunales, que acaban de darle la razón.

La Sala de lo Social, en una sentencia fechada el pasado 24 de noviembre, deja sin efecto la resolución firmada por Yolanda Díaz y condena al Ministerio de Trabajo «a inscribir y registrar de forma definitiva el plan de igualdad presentado por la mercantil». Como sucedió con Pharma Mar, Alsa sacó adelante por la vía judicial el documento que había tumbado el Ejecutivo.

Un plan sin los sindicatos

Los casos, de hecho, son similares. La biotecnológica presentó ante las autoridades el requerimiento realizado a los sindicatos CC OO, UGT, Fesmcugt y CIG a través de una serie de correos en los que comunicaba la intención de la empresa de iniciar negociaciones. Según el TSJM, no hubo contestación de las centrales. Al grupo de transportes le sucedió algo parecido y la conclusión de los magistrados fue la misma.

Según relata el fallo, Alsa se dirigió a «CC OO y UGT como sindicatos más representativos del sector a fin de comunicarles su intención de iniciar la negociación y aprobación de un plan de igualdad y de citarles para que formasen parte de la comisión negociadora, sin que la primera central respondiese a la invitación cursada, manifestando la segunda que en los próximos nueves meses no podía atenderla debido al enorme volumen de comunicaciones recibidas a tal fin».

En este escenario, los magistrados recuerdan que la falta de respuesta de los sindicatos no exime a la empresa de la obligación legal de contar con un plan de igualdad y tampoco puede exigírsele que «remueva obstáculos que no está en su mano eliminar, ni condenarle y a los trabajadores a su servicio a no contar sine die con un plan de igualdad». Por este motivo, la sentencia concluye que, «ante una situación excepcional de imposibilidad negociadora«, debe darse validez al plan implementado unilateralmente por la empresa.

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